Durante la jornada de hoy, el Diario Oficial de la Federación publica el Acuerdo General de Administración II/2014, del Comité de Gobierno y Administración, a través del cual se hace reglamentación del uso de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL), en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A través del acuerdo se modifica el término utilizado anteriormente como “Firma Electrónica Certificada (FEC)” por “Firma Electrónica Certificada por el Poder Judicial de la Federación (FIREL)”.
¿Cómo obtener la FIREL?
Para poder hacerse de la firma debemos ingresar a http://www.pjf.gob.mx/firel/ y acceder al vínculo denominado FIREL.
Allí se hará clic en “Solicitud de un certificado digital de firma electrónica (FIREL)” y tendremos que aceptar los términos y condiciones de uso, para poder descargar una aplicación con la que se generarán las llaves pública y privada.
El solicitante deberá concluir con el trámite correspondiente en el módulo de atención de su preferencia.
¿Desde cuando rige la FIREL?
La normativa actual entra en vigor a partir del 1 de septiembre de 2014. Pero no será esta la fecha, sino la indicada en dos párrafos más abajo.
En concreto, todo el Poder Judicial de la Federación mantuvo la coherencia sobre el normativo que regula el uso de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial (FIREL). Entonces, sabemos que la FIREL será el medio utilizado para ingresar al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, como opción para enviar y recibir promociones, documentos, comunicaciones y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos, resoluciones y sentencias relacionadas con los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales, y producirá los mismos efectos que la firma autógrafa.
Sin embargo de lo dicho, desde el 1 de diciembre próximo los asuntos que se radiquen en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podrán ser consultados por las partes usando la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL).
¿Qué características tiene la FIREL?
Su diseño se basa en estándares internacionales de infraestructura de claves públicas en donde se utilizan dos claves o llaves para el envío de mensajes:
- La “llave o clave privada” que únicamente es conocida por el titular de la FIREL, que sirve para cifrar datos; y
- La “llave o clave pública”, disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de servicios electrónicos, con la que se descifran datos.
¿Quiénes pueden tener la FIREL?
Estará disponible la FIREL para toda persona física y servidores públicos, siempre y cuando:
- El certificado digital sólo podrá ser solicitado y autorizado a personas físicas
- Tendrá una vigencia de 3 años desde la autorización
- Se debe solicitar desde el portal del Sistema Electrónico
- La renovación deberá efectuarse dentro de los treinta días anteriores a la conclusión de su vigencia.
- Una vez revocado no podrá ser utilizado, por lo que si el interesado requiere de otro certificado digital de firma electrónica tendrá que solicitarlo de nueva cuenta