Para no tener problemas con el SAT, es fundamental conocer el calendario de impuestos durante el mes de febrero 2020, que veremos debajo.
Índice de Contenidos
6 de Febrero 2020
- Presentación de la Balanza – Contabilidad Electrónica, correspondiente al mes de diciembre 2019 para personas morales.
8 de Febrero 2020
- Presentación de la Balanza – Contabilidad Electrónica, correspondiente al mes de diciembre 2019 para personas físicas.
10 de Febrero 2020
- Se deberá informar sobre los depósitos en efectivo. Obligación únicamente en este caso de las entidades bancarias.
- Se deberá informar sobre cuentas, depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos otorgados.
15 de Febrero 2020
- Presentar Declaraciones informativas de 2018 que correspondan conforme a sus obligaciones y régimen fiscal.
17 de Febrero 2020
Pagos provisionales, definitivos y retenciones
- Impuesto sobre la Renta (ISR): pago correspondiente a enero 2020
- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): pago mensual
- Entero de impuestos retenidos a terceros: para agentes de retención de ISR, IVA o IEPS
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): presentación de pago provisional o mensual, correspondiente al mes de enero 2020
- Entero de impuestos retenidos a terceros (ISR, IVA o IEPS)
- Entero de información por pagos realizados en concepto de dividendos o utilidades
- Entero de la retención por ingresos devengados que obtengan las personas físicas propietarias de los certificados de fideicomisos accionarios
Declaraciones Informativas
- Información de las contraprestaciones o donativos recibidos
- Precio de enajenación de cada producto (tabacos labrados)
- Información relativa a operaciones realizadas con partes relacionadas
Lavado de Dinero
El 17 de febrero de 2020 deberá presentarse la información correspondiente a este régimen acerca del mes de enero 2020.
29 de Febrero 2020
- Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT): fecha límite para la presentación de información sobre las operaciones con sus proveedores
- Presentar Declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio 2019. Se presenta dentro de los tres primeros meses siguientes al cierre del ejercicio.
- Presentar información sobre las Donatarias autorizadas: obligación de informar sobre el uso y destino de los donativos recibidos durante 2019
- Determinar la Prima de Riesgo
- Presentación del DeclaraNOT: Obligación para notarios, durante todo el mes de febrero.