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ISR de Aguinaldo

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El Impuesto sobre la Renta (ISR) se aplica en cada ejercicio y para ello deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual. En este sentido es requisito presentar declaraciones mensuales con pagos provisionales, y a su vez, la declaración anual, con fecha posdatada en 3 meses para personas morales y 4 meses para personas físicas, después del cierre del ejercicio fiscal.

El ISR es un rubro que el trabajador no puede dejar de considerar cuando cobra su salario mensual. Por ello, dentro de su sueldo, el trabajador debe contribuir alcanzado con hasta con 30% de su salario en impuestos según su nivel de capacidad contributiva; es decir que incluye todos los pagos mencionados anteriormente y que la empresa retendrá.

El ISR se determina mediante un procedimiento que se aplica sobre una base gravable. Para determinar dicha base, debe conocerse una serie de criterios que definen cuál parte de los ingresos por salarios está exenta del impuesto y cuál conforma la base gravable.

Asimismo, le recordamos que el salario es una de las percepciones que los empleados obtienen por la prestación de un servicio a un patrón. Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

En este sentido, un servicio personal subordinado debe ser el que se realiza bajo la dirección y dependencia de un patrón, por esta razón un empleado debe cumplir con ciertos horarios, reglas de trabajo y fundamentalmente obedecer las órdenes de su patrón.

Entre todos los conceptos que integran el salario en México, se incluye uno que da lugar a dudas, y son las horas extra. ¿Cómo se considera el aguinaldo en el cálculo del ISR?

En cuanto al aguinaldo, sabemos que es la gratificación anual obligatoria que el patrón debe otorgar al trabajador, siendo la parte mínima de 15 días de salario por año, siempre que haya laborado durante todo ese periodo, es decir, que las faltas, incapacidades o la parte proporcional de los meses que no trabajó, se descuentan del aguinaldo.

Son sujetos que tendrán derecho al cobro de aguinaldo, además de trabajadores asalariados en empresas privadas, los siguientes:

  • Los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuya relación jurídica de trabajo se regula por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado
  • El personal operativo de confianza de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
  • El personal de enlace y de mando de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
  • El personal del Servicio Exterior Mexicano
  • El personal militar activo
  • Las personas físicas contratadas para prestar sus servicios profesionales bajo el régimen de honorarios
  • Las personas que reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil o pensión de gracia
  • Del otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año

Una vez determinado el aguinaldo, lo que nos interesa es obtener la parte exenta y la parte gravada. La parte exenta será la equivalente a 30 Salarios Mínimos Generales del área A, siempre y cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general, es decir, a todos los trabajadores. Si el salario del trabajador es inferior al mínimo y su aguinaldo no supera los 30 Salarios mínimos Generales, entonces estará exento, incluso si se calculó sobre una base superior a la mínima.

ISR horas extras

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Como siempre, volvemos a hablar del Impuesto sobre la Renta (ISR), y recordamos que en base al texto de la Ley de este impuesto, se aplica en cada ejercicio y se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual. Asimismo, es requisito presentar declaraciones mensuales por los pagos provisionales efectuados, y a su vez, la declaración anual, con fecha posdatada en 3 meses para personas morales y 4 meses para personas físicas, después del cierre del ejercicio fiscal.

Por lo que respecta al salario, el ISR es un rubro que el trabajador no puede dejar de considerar. En este sentido, como parte de sueldo mensual, el trabajador debe contribuir, en función de su nivel de ingreso, alcanzando con hasta con 30% de su salario en impuestos; es decir que incluye todos los pagos mencionados anteriormente y que la empresa retendrá.

El ISR se determina mediante un procedimiento que se aplica sobre una base gravable. Para determinar dicha base, debe conocerse una serie de criterios que definen cuál parte de los ingresos por salarios está exenta del impuesto y cuál conforma la base gravable.

Entre todos los conceptos que integran el salario en México, se incluye uno que da lugar a dudas, y son las horas extra. ¿Cómo se consideran las horas extras en el cálculo del ISR?

Para esto debemos saber que existen 3 reglas en este rubro que deben cumplirse. Para ello, debe saberse que, según la Ley Federal de Trabajo, las primeras 9 horas extras que se presten por semana serán dobles (se pagarán un 100% más) y las que excedan del límite serán triples (se pagarán un 200% más), al igual que las prestadas en los días de descanso.

A continuación, las reglas

  • Primera regla: Si el trabajador percibe Salario Mínimo General área geográfica A, hasta por nueve horas extras por semana estará exento.
  • Segunda regla: Si el trabajador gana más de un Salario Mínimo General del área, entonces el 50% de las horas extras será gravado y el otro 50% será exento.
  • Tercera regla: Esta tercera regla debe tener como paso previo la segunda regla, esta segunda regla a su vez debe sujetarse a esta tercera regla que dice: si la parte exenta excede el límite de 5 Salario Mínimo General diarios del área A, la parte que exceda será gravada.

Ejemplo:

  • Salario Mensual $12,000.00
  • Salario Diario $400.00 (12,000/30)
  • Número de Horas por ser Jornada Diurna 8 Horas
  • Salario por hora igual de la jornada $50.00 (400/8)
  • Salario por hora con un 100% más (dobles) $100.00 (50*2)
  • Salario por hora con un 200% más (triples) $150.00 (50*3)

Cuando una persona labora más de 48 horas a la semana se pagan doble y cuando exceden las 9 horas de tiempo extra, se pagan triple. En base a esto, podremos ver cuáles son exentas y cuáles gravadas.

Para trabajadores de salario mínimo seran exentas hasta 9 horas como ya dijimos antes y para salarios superiores al minimo seran exentas el 50% del importe de horas extras, pero con un limite de 5 salarios mínimos del area geografica del trabajador. En este sentido, por el excedente se retendrá el impuesto correspondiente.

Nominas

Si bien el tema que vamos a tratar no es específicamente impositivo, tiene un impuesto que lo grava y es altamente importante en el orden de prioridades para que conozca todo patrón. Por ello es que estaremos explicando lo que es una nómina y sus características.

Según la definición de la Real Academia de la Lengua (RAE), una nómina es la “relación nominal de los individuos que en una oficina pública o particular han de percibir haberes y justificar con su firma haberlos recibido”.

Lo que todos conocemos como nómina o la preparación de una nómina constituye una función separada del mantenimiento de los registros a través del cual se muestra el salario, cargo, tiempo de trabajo, deducciones y devengados, adiciones de nómina y demás datos relacionados con el personal.

Para su preparación se llevan a cabo varios pasos, el primero se ejecuta al final de cada período de pago, y consiste en la preparación de la nómina, donde debe mostrar los nombres y remuneraciones de todos los trabajadores.

Allí se incluye el salario autorizado para cada trabajador y el número de horas trabajadas. Después de separar las horas ordinarias de las extraordinarias, y aplicar las tarifas correspondientes se obtiene el salario devengado.

A continuación, se muestra la retención en la fuente, el aporte al seguro social y cualquier otra deducción autorizada por el trabajador; obteniendo así el valor neto.

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