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Hola buenas tardes, soy del régimen de incorporación y leí la siguiente información en su página, pero me surgieron dudas, ¿a qué se refiere así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior? ¿es algo parecido a la DIOT?

VIII. Pagar el impuesto sobre la renta en los términos de esta Sección, siempre que, además de cumplir con los requisitos establecidos en ésta, presenten en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributaria, en la declaración a que hace referencia el párrafo quinto del artículo 111 de esta Ley,los datos de los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.


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Belén, el contribuyente del Régimen de Incorporación Fiscal no deberá presentar la DIOT si utiliza Mis Cuentas.

Saludos

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