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Buenas tardes.

Compro y vendo refrescos y jugos, la mayoría de mis ventas son facturadas; las factura que le emito a mis clientes por la venta de refresco no lleva IEPS. Las compras de refresco que realizo a mis proveedores y por las cual me entregan factura tampoco tienen IEPS.

Tributo dentro del RIF, ¿tengo la obligación de pagar el IEPS?, y en el caso de que así fuera como lo calculo y pago, si no lo traslade en forma desglosada a mis clientes, y a mi tampoco me lo desglosaron en las facturan de compras que hago a mis proveedores.

Sin más por el momento y en espera de una respuesta, mis más sinceros agradecimientos.



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Raúl, los refrescos están alcanzados por el IEPS. En el caso del RIF, si facturas a clientes en particular debes trasladarlo, si lo haces a público en general, no.

Saludos

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