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Buen día,

Hablando de finiquitos, ¿es correcto exentar los 30 días de UMAs en el aguinaldo y los 15 días en Prima Vacacional aunque no haya cubierto el ejercicio fiscal completo?

Por ejemplo si un trabajador labora de enero a junio, ¿en su finiquito se exenta los 30 días y 15 días de esas dos percepciones?

Saludos.

Emma Rubio.



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