¿Podemos exentar 700 mil UDIs por persona?
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Estoy vendiendo mi departamento en el cual vivimos 4 años mi esposa y yo. La fecha de adquisición fue el 4/12/2012 y de venta 30/12/2016, ¿podemos exentar el pago del ISR?
La ley marca que se puede exentar hasta 700,000 Udis.
Mi pregunta es, ¿estas aplican por inmueble o por persona?
Estamos casados por separación de bienes.
Gracias
- Jose Manuel Rosas preguntado diciembre 30, 2016
- last edited diciembre 30, 2016
Juan Manuel, la exención funciona por operación. Saludos
- Nicolas Rombiola respondida diciembre 30, 2016
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