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Devolucion de IVA turistas

Es importante conocer que todo turista en México puede requerir la devolución de los impuestos que les hayan sido cobrados al momento de adquirir mercancías en comercios establecidos en nuestro país.

Claramente, debemos estar al tanto que si nosotros somos turistas en otro país, también podemos reclamarlo.

Tal como indica el Servicio de Administración Tributaria (SAT), si desean poder hacerse de este beneficio, los visitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • El viajero que salga del país debe hacerlo por vía aérea o marítima
  • Debe contar con comprobantes fiscales de compra
  • Los artículos adquiridos deben salir efectivamente del país
  • La compra mínima por establecimiento debe ser de 1,200 pesos
  • Productos adquiridos con medios electrónicos (tarjeta de crédito o débito)
  • Si las compras son en efectivo no deben exceder 3,000 pesos

Para que pueda hacerse efectiva la devolución, el turista debe solicitar al establecimiento el comprobante fiscal correspondiente y el formato de solicitud de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Acto seguido, deberá acudir a uno de los módulos autorizados, ubicados en puertos y aeropuertos. Allí se presenta todas las mercancías por las cuales se solicita la devolución, y se procede al pago correspondiente.

Es destacable que, el pago se realiza en pesos mediante rembolso al medio electrónico utilizado o bien, en efectivo hasta por 50% del monto a pagar al turista, nunca superior a 10,000 pesos. El remanente se deposita de manera electrónica en la cuenta que éste indique.

La devolución de IVA a Turistas sólo está disponible en:

  • Ciudad de México
  • Guadalajara
  • Cancún
  • Los Cabos
  • Puerto Vallarta
  • Cozumel
  • Playa del Carmen
  • Cabo San Lucas
  • Mazatlán
  • Majahual
  • Progreso
  • Ensenada

Devolucion de IVA

El Impuesto al Valor Agregado, aquel que grava toda transacción onerosa de compra venta de bienes, es pasible de una devolución de los saldos a favor en caso de exportación de bienes.

Así lo determina el artículo 29 de la Ley que dice que las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando unos u otros se exporten.

  • La enajenación de bienes intangibles realizada por persona residente en el país a quien resida en el extranjero.
  • El uso o goce temporal, en el extranjero de bienes intangibles proporcionados por personas residentes en el país.
  • El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país, por concepto de:

Con esto se tiene fundamento para solicitar el IVA que queda a favor en todos y cada uno de los meses que se determine.

Para poder ser más claros, dejamos el video explicativo del SAT donde demuestra de qué manera se solicita la devolución del IVA:

Tasa IVA 13%

Nuevamente estamos parados frente a modificaciones posibles del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para hacerlo más bajo.

En esta ocasión vemos como el PRI fue el precursor de la nueva iniciativa de Reforma Hacendaria, en la cual prevé la reducción del IVA del 16 al 13% y una canasta básica de alimentos con tasa cero, entre otras modificaciones.

Entre algunas de las modificaciones importantes que se vienen destacamos la tasa cero del IVA para las medicinas de patente, y la reducción gradual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas morales hasta llegar al 25% en el 2015. El ISR se propone bajar su tasa al 27% en 2013, al 26% en 2014, hasta quedar establecida, en 2015, en el 25%.

Asimismo, se eliminaría el IETU reemplazándose por un impuesto a los ingresos brutos especial. Todo ello, si estas modificaciones impositivas se aprueban, tendría vigor desde el 1 de enero del 2013. De no olvidar también es que el ISR contará con el derecho de los padres de familia a deducir el pago por concepto de colegiaturas de sus hijos o de ellos mismos.

Bienes sujetos a tasa cero de IVA:

  • Provenientes de animales y vegetales no industrializados
  • Carne en estado natural
  • Tortillas
  • Masa
  • Harina
  • Pan
  • Pastas secas
  • Leche natural
  • Huevo
  • Azúcar
  • Mascabado
  • Piloncillo
  • Sal
  • Aceite comestible
  • Atún
  • Sardinas enlatadas
  • Medicinas
  • Libros
  • Revistas
  • Diarios
  • Maquinaria, equipo, semillas, fertilizantes, pesticidas y servicios prestados al sector

Pero bien, ahora estamos a la espera dado que la iniciativa que reformas diversas leyes y códigos fue turnada por el pleno senatorial a la Cámara de Diputados, para su análisis y dictaminación.

IVA 12%

Muchas son ya las reformas que se quieren hacer en materia fiscal para 2011. ¿Será porque hay elecciones? ¡Qué pregunta! ¿no?

Ahora parece ser que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) propuso bajar el IVA de 16 al 12%, proyecto catalogado como imposible y poco factible para la oposición.

Claramente para todos esto sería algo increible, menos impuestos, ¿a quién puede no gustarle? Se generarían más empleos, se atraería inversión, prosperidad en un mundo de mucha incertidumbre, y además, estabilidad de las finanzas públicas.

No obstante, el secretario de Hacienda, Cordero Arroyo dijo que “es necesario tener más información sobre la propuesta fiscal priísta, ya que habrá que analizar si al tiempo de disminuir algunos impuestos, se compensa aumentando otros“.

Pero no es la primera vez que se impulsa bajar las tasas del IVA. Recordamos que hace un mes el PRI presentó la iniciativa para bajar el Impuesto al Valor Agregado del 16 al 15%, lo cual derivó en el primer debate con el PAN de cara a la discusión del paquete fiscal.

Sin embargo, poco tiempo después, el PRI oficializó que propondrá mantener el IVA en 16% en 2011, al tiempo que anunció que el producto de subejercicios y reasignaciones establecerá el Fondo Nacional de Reconstrucción por 55,000 millones de pesos.

IVA por pagar

En el ámbito contable, una cuenta por pagar, es solamente una deuda vencida que debemos saldar.

Pero, cuando hablamos en términos impositivos, los impuestos por pagar son los generados y devengados que están pendientes o a cargo de la empresa, como por ejemplo, el IVA por pagar, Cuota patronal del seguro social, Retiro Infonavit, Impuesto sobre nóminas etc.

El IVA, como ya sabemos pero recordamos es un impuesto indirecto sobre el consumo, financiado por el consumidor final. Es indirecto porque el IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial, estos tienen el derecho de hacerse reembolsar el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización, deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes, debiendo entregar la diferencia al fisco.

En resumen, el saldo de la cuenta contable es generalmente acreedor, y representa el saldo del impuesto al valor agregado que debe ser liquidado y pagado al fisco.

Entonces, es el remanente de restar el IVA de los gastos y el de las ventas, por ejemplo:

  • Venta: 10,500 + IVA 1,575 =12,075
  • Compra: 8,000 + IVA 1,200 =9,200
  • IVA por pagar: 1,575-1,200=375

En resumen, el IVA por pagar es el impuesto que los contribuyentes tenemos a cargo y debemos enterar al fisco. Por su parte, el IVA acreditable es el proveniente de las cosas que nuestras compras y se vuelven deducibles para los pagos de impuestos.

Evasión en Outsourcing

outsourcing

Desde la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados se está analizando la reforma específica apuntada a combatir la evasión fiscal de empresas que utilizan los esquemas de subcontratación conocidos como ‘outsourcing‘ para evadir obligaciones fiscales y laborales.

En los últimos cinco años las grandes empresas que utilizan dicho esquema, han evadido más de 800 mil millones de pesos de IVA e Impuesto Sobre la Renta (ISR). En concreto, en 2005 y 2010 se ha evadido el pago de unos 250,000 millones de pesos por concepto de IVA y unos 550,000 millones de pesos por concepto de ISR.

La propuesta, en base a esto, es que las grandes empresas estén obligadas a retener el IVA incluso a los trabajadores subcontratados. Básicamente el negocio de las empresas de outosurcing está en el IVA, dado que hacen que las personas morales retengan el IVA y así trasladan sus prestatarias de servicios de personal.

En concreto, de los 20 millones de personas con trabajo en el país, cerca del 14%, es decir alrededor de 2.5 millones, se encuentran contratados bajo el esquema del outsourcing‘.

Un esquema muy utilizado en trabajados de rubros como limpieza, mantenimiento, mensajería, entre otros, donde son contratados por pequeñas compañías de vida corta para prestar dichos servicios en compañías más grandes.

Asimismo, existe otra movida detrás, que es la falsificación de facturas para hacer creer a sus empleados que la retención de sus impuestos se paga a la Secretaría de Hacienda. Cosa que no ocurre.

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