Una acción activa del gobierno federal que intensificó sus mecanismos de vigilancia para el pago de los contribuyentes que no atendieron de forma adecuada sus obligaciones fiscales, lo cual logró en noviembre de 2011 una recaudación por fiscalización de 120,818 millones de pesos en efectivo.
En IVA se estimaban 44,477 millones de pesos y se captaron 51,323 millones de pesos. Con ello, se sumaron dos meses consecutivos en que se rebasó el calendario como reflejo del crecimiento de la economía y de los incentivos que se dieron para mejorar el consumo privado con promociones como las del Buen Fin.
Para el penúltimo mes del 2011 se habían programado ingresos por renta de 53,590 millones de pesos y se recaudaron 57,224 millones de pesos.
Por su parte, el gasto neto presupuestario fue de 3.8 billones de pesos. Con ello, en los primeros 11 meses del 2011 se reportó un déficit fiscal de 213,090 millones de pesos, menor al que se tuvo en igual periodo del 2010 cuando fue de 225,046 millones de pesos.
De enero a noviembre los ingresos petroleros crecieron 11.6% en comparación a igual periodo del 2010 y los presupuestarios avanzaron 6.6%.
La captación de gravámenes en el año:
53,590 millones de pesos esperaba captar el gobierno por ISR y recaudó 57,224 millones de pesos en noviembre pasado.
44,477 millones de pesos esperaba la SHCP por concepto de IVA; sin embargo, recaudó 51,323 millones de pesos en noviembre.
6,206 millones de pesos se esperaban captar por IEPS; sin embargo, se recaudaron únicamente 5,615 millones en el citado mes.
Es decir que, en resumen, los ingresos se soportarán principalmente en el ISR, IVA y el IEPS.
Actualmente, las Pymes pueden contratar a una firma para realizar el trámite y cumplir con ley, evitando grandes costos. No obstante, es la hora que se acerque un cambio, con nuevas obligaciones en materia de documentación fiscal.
Comenzando en el primero de enero de 2011, los emprendedores, empresas o proveedores que extiendan facturas por montos superiores a 2,000 pesos, deberán utilizar un Comprobante Fiscal Digital (CFD), o bien llamado, factura electrónica.
Asimismo, aquellos profesionistas independientes que trabajan bajo el régimen de honorarios y los proveedores y emitan facturas según lo expuesto, deben acatar la conversión de su sistema.
Este artículo es meramente recordatorio. El tema sucede que, estamos a muy poco para la declaración anual de impuestos y si usted es una persona física y presentará su declaración ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es importante que sepa que necesitará contar con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel), principalmente si va a solicitar una devolución.
Para los que no estaban al tanto, la Fiel es un comprobante digital de identidad, que se adjunta en un mensaje electrónico y sirve para identificar a una persona. Gracias a la Fiel, se puede brindar seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes.
Asimismo, es importante saber que tanto los contribuyentes de existencia real como las personas morales están obligados a tramitar su Fiel. Pero para la presentación de la declaración anual se puede enviar mediante dos contraseñas electrónicas: la Fiel y la Clave de Identificación Electrónica Confidencial.
No obstante, aquellas declaraciones anuales con saldo a favor o arriba de 11,510 pesos tendrán la oblicación de ser firmardas con la Fiel.
En caso de que sepa que tendrá que usar la Fiel y aún no la posee, podrá solicitarla en la página http://www.sat.gob.mx y de click en la sección “Obtén tu Fiel”.
Allí deberá descargar el programa Solcedi, con el cual se generará un archivo que contenga su llave privada y contraseña de acceso (guardar en USB o disco).
Imprima en una sola hoja el formato de solicitud de certificado de Fiel. A continuación, llenar este formulario y firmarlo con tinta azul para, tras solicitar una cita, presentar la documentación indicada en el portal.
Motivos de rechazo del trámite
Documentación incompleta
Requerimiento generado en el Solcedi no esté guardado en un disco o USB
En caso de tener la Fiel y necesite renovarla, siempre antes de su vencimiento, podrá hacerlo en el portal del SAT, siempre y cuando su certificado todavía esté vigente. Sino, deberá acudir al SAT con cita previa.
Sabemos que en México tenemos muchos impuestos a los que hacer frente cada mes, y por eso es importante estar atentos a la actualización del Calendario del SAT que ofrecemos en este portal.
Ahora bien, me tomé el atrevimiento de hacer un artículo que no se remita a exponer de una manera detallada el tratamiento de las contribuciones en nuestro país, sino simplemente brindar un panorama amplio del tratamiento fiscal en México a nivel federal. Con esto queremos decir que, también existen los impuestos estatales y municipales; y en este caso, hablaré solamente de los federales.
En un principio, existen los siguientes impuestos federales básicos:
Asimismo, existen dos grandes grupos de contribuyentes:
Personas Morales (empresas normalmente)
Personas Físicas
Para dar un panorama general, empezaremos a tratar algunos de los impuestos mencionados, comenzando por el Impuesto Sobre la Renta. El ISR es la contribución principal federal, que tiene como objeto el hecho de tener ganancias. Este impuesto solo se paga cuando el contribuyente obtiene una ganancia en el año fiscal de referencia. La tasa que se paga por la utilidad en el año, varia dependiendo de si es una persona moral o una persona física. Por su parte, la declaración anual de personas morales se presenta en el mes de marzo y la de personas fisicas se presenta en el mes de abril del siguiente año al que corresponda.
El grueso de la población, o sea las personas que no son contribuyentes activos, no pueden recuperar el IVA, solo lo pagan; esto sucede cuando efectúan un consumo de algún bien o servicio y pagan por estos. Los que deban aportar al fisco, podrán deducir el IVA pagado contra el cobrado, y así netear la deuda con el SAT.
Por último, el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo es de gran importancia porque grava a los depósitos en efectivo, sea uno o la sumatoria de varios, cuyo monto supere $15,000 pesos en el mes (vigencia a partir del 1 de enero de 2010, anteriormente eran montos superiores a los $25.000).
En términos generales estos son los gravamenes federales principales en México. Claro está que, el tratamiento de cada uno es mayor y en detalle como lo informamos en la sección correspondiente.
Muchas son ya las reformas que se quieren hacer en materia fiscal para 2011. ¿Será porque hay elecciones? ¡Qué pregunta! ¿no?
Ahora parece ser que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) propuso bajar el IVA de 16 al 12%, proyecto catalogado como imposible y poco factible para la oposición.
Claramente para todos esto sería algo increible, menos impuestos, ¿a quién puede no gustarle? Se generarían más empleos, se atraería inversión, prosperidad en un mundo de mucha incertidumbre, y además, estabilidad de las finanzas públicas.
No obstante, el secretario de Hacienda, Cordero Arroyo dijo que “es necesario tener más información sobre la propuesta fiscal priísta, ya que habrá que analizar si al tiempo de disminuir algunos impuestos, se compensa aumentando otros“.
Pero no es la primera vez que se impulsa bajar las tasas del IVA. Recordamos que hace un mes el PRI presentó la iniciativa para bajar el Impuesto al Valor Agregado del 16 al 15%, lo cual derivó en el primer debate con el PAN de cara a la discusión del paquete fiscal.
Sin embargo, poco tiempo después, el PRI oficializó que propondrá mantener el IVA en 16% en 2011, al tiempo que anunció que el producto de subejercicios y reasignaciones establecerá el Fondo Nacional de Reconstrucción por 55,000 millones de pesos.
En Cuernavaca se decidió que a partir de hoy se cobrará el mismo impuesto predial que en 2010 y se reintegrará el monto excedente a los contribuyentes que ya cumplieron con esta obligación tributaria.
Su representante político recordó que “como es del conocimiento público, las tablas de valores catastrales que fueron hechas por la administración pasada y aprobadas sin ser revisadas por los diputados locales, también de la anterior Legislatura, han causado malestar entre la población“.
Por su parte, el secretario del ayuntamiento, Francisco León y Vélez Rivera estableció que aún no se conocen los alcances de la aplicación de las tablas de valores catastrales aprobadas por la administración y legislatura pasadas.
Asimismo, se pidió que los cuernavacenses sean partícipes de las acciones y obras de gobierno. Acciones como mantener la ciudad limpia, participar en su embellecimiento y en sus obras, harían grande al municipio.
De esta manera, los gobernantes calculan que se está haciendo un ajuste razonable y acorde a la economía de la población. En cuanto a las tablas de valores catastrales y el impuesto predial, se espera que se analice el ajuste para buscar que sea razonable.
A través de la Junta Catastral de Cuernavaca, con fecha del próximo viernes, se realizarán 38 foros de consulta, uno para cada una de las zonas catastrales de la ciudad. De esta manera, se espera lograr una tabla de valores que sea justa.
En esta ocasión estaremos actualizando el calendario fiscal correspondiente al mes de Enero 2011.
A continuación detallamos losvencimientos más importantes que tendrán lugar durante el mes de Enero 2011:
5 de Enero 2011
Comprobantes Fiscales Emitidos: fecha límite para presentar el informe mensual con el RFC del contribuyente y número de comprobantes fiscales digitales emitidos, activos y cancelados por serie en Diciembre 2010
Archivo con los datos de los comprobantes fiscales digitales: emitidos en Diciembre 2010
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Reporte con el inventario de existencias por tipo, marca, presentación y capacidad del envase de los bienes por los que a partir del 1 de enero de 2011 son considerados como contribuyentes del IEPS.
15 de Enero 2011
Pagos realizados por concepto de intereses: monto y la fecha de los pagos de intereses realizados en forma individual o conjuntamente con personas relacionadas, de más del 5% de los intereses derivados de los títulos de que se trate. Se debe presentar por escrito dentro de los 15 primeros días de enero ante la Administración Central de Fiscalización Internacional. Dicha información deberá corresponder al cuarto trimestre de 2010.
17 de Enero 2011
Impuesto sobre la Renta (ISR): fecha límite para la presentación de pago provisional o mensual, correspondiente al mes de Diciembre 2010