El SAT o Hacienda para dar mejor servicio a los contribuyentes posee varios centros de servicios y consultas. De esta manera, las oficinas SAT u oficinas de Hacienda son donde se presta el servicio de asesoría y orientación personalizada.
A continuación le presentamos los puntos de atención personal a los cuales usted puede acudir:
Centro Nacional de Consulta (CNC), Av. Hidalgo No. 77, Col. Guerrero, C P. 06300, México, D .F. Horario: De lunes a jueves de 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 17:30 hrs., viernes de 09:00 a 14:00 hrs., previa cita.
66 Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente (ALSC), en diversas ciudades de la República Mexicana. Horario: De lunes a viernes de 08:30 a 15:00 hrs., previa cita.
Módulos de Servicios Tributarios (MST) y Módulos (SARE): en Centros y Plazas Comerciales, Cámaras, Asociaciones, Centros de Gobierno, Casas de Cultura o Presidencias Municipales. Horario: de 08:30 hasta las 15:00 hrs.
Unidades Móviles (UM) recorren rutas en todo el país y que se ubican en zonas donde no hay oficinas del Servicio de Administración Tributaria.
En cada oportunidad, se recomienda solicitar una cita en el SAT a fin de agilizar el trámite, y luego confirmarla, para asegurar su asistencia. A continuación, dos videos explicativos sobre el tema:
De todas las reformas fiscales propuestas para 2012, recordamos que la del IDE, o Impuesto a los Depósitos en Efectivo es una de las más cuestionadas. El punto también es hacer referencia auna pérdida por la recaudación del Impuesto a los Depósitos en Efectivo de 2,707 millones de pesos de enero a agosto del 2011, mientras que en el mismo lapso del año anterior recaudó 9,452 millones de pesos, según informó Hacienda.
Esta pésima recaudación negativa de este rubro se ocasionó en base a la entrada de recursos por este concepto de enero a agosto fue menor que las devoluciones registradas en el mismo periodo.
Según indicó Ernst & Young, la desaceleración económica de la segunda mitad de este año y la que se espera para todo el año 2012 no permitirán que los ingresos del gobierno federal se incrementen significativamente. En un comunicado indicó que “en el caso del IDE, ya cumplió parte de su ciclo, ya que las personas y empresas aprendieron a evitarlo, por lo que comenzará a registrar una recaudación mucho menor a la que se registró al momento de colocarlo”.
El IDE, conocido como el Impuesto a los Depósitos en Efectivo, es el que grava a aquellos depósitos en dinero en efectivo, tanto por una operación o por la sumatoria de varios depósitos cuyo monto en el mes exceda de $15,000 pesos. El IDE ha operado desde su creación como un instrumento de fiscalización y así lo han dejado ver las autoridades de Hacienda y del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Sin embargo, no es el único impuesto que está a la baja. Recordamos que el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) dejó ingresos al gobierno federal por 33,692 millones de pesos al cierre del octavo mes del año, lo cual dio lugar a una disminución de 2.1% contra lo reportado en agosto del 2010.
Aunque el Congreso está planteando eliminar el IETU para el Presupuesto federal del 2012, la Hacienda ha indicado que es un impuesto de control, de no existir, 30% de las empresas dejaría de aportar al gobierno federal.
Y seguimos con datos malos, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) registró en agosto del 2011 una recaudación de 334,360 millones de pesos, que en comparación con lo logrado en agosto del año pasado representó una disminución de 3.2%.
Para quienes no lo recuerden, les dejamos el cálculo del IDE
EL IDE es igual al 3% del excedente del monto exento del pago del impuesto.
Ejemplo:
Suma de depósitos mensuales: $20.000
Monto Exento: $15.000
Excedente: $5.000
Tasa: 3%
IDE a pagar: Excedente x Tasa / $5.000 x 3% = $150.-
Por suerte para el fisco y para todos los que no desdeñamos la existencia impositiva, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) representó para el gobierno federal en agosto del 2011 ingresos por 480,337 millones de pesos, esto es 9.7% más que lo reportado en el octavo mes del 2010. Igualmente lo hizo el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) registró un incremento en su recaudación en agosto del 2011 de 9.2% anualizado, alcanzando un saldo de 45,298 millones de pesos.
Le recordamos que desde el año pasado la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) se reduce de $25,000.00 a $15,000.00 el monto mensual de depósitos en efectivo sobre el que las instituciones del sistema financiero no recaudarán el impuesto y se modifica del 2% al 3% la tasa para el cálculo del impuesto.
Seguimos informando acerca de los organismos que están relacionados con los recursos nacionales, y destacamos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de México uno de los entes del gobierno que depende de la Secretaría de Estado.
Este organismo, según Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 31, tiene otorgados y le corresponden las siguientes funciones:
Proyectar y calcular los ingresos de la Federación
Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales
Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales
Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección
Manejar la deuda pública de la Federación
Realizar o autorizar las operaciones de uso del crédito público
Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario
Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal
Ejercer el control presupuestal de los servicios personales
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de México es uno de los organismos del gobierno que depende de la Secretaría de Estado a la que según Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 31 se le otorgan y le corresponden las siguientes funciones:
Proyectar y calcular los ingresos de la Federación
Manejar la deuda pública de la Federación
Realizar o autorizar las operaciones de uso del crédito público
Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario
Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales
Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales
Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección
Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal
Ejercer el control presupuestal de los servicios personales
Para llevar acabo dichas funciones la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuenta con las siguientes unidades:
Por otra parte, tiene la función específica de fiscalizar a los contribuyentes quienes deben cumplir con todas las disposiciones tributarias y aduaneras. Asimismo, se creó par dar mayores facilidades e incentivos para el cumplimiento voluntario y generar información necesaria para la toma de decisiones tributarias.
En concreto, el SAT nace el 15 de diciembre de 1995 con la publicación de Ley del Servicio de Administración Tributaria, pero su actividad inicia el 1 de julio de 1997 a través de diferentes unidades administrativas:
Unidad de Comunicación Social
Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera
Dirección General de Interventoría
Dirección General de Planeación Tributaria
Dirección General de Asuntos Fiscales Internacionales
Dirección General de Coordinación con Entidades Federativas
Dirección General de Tecnologías de la Información
Administración General de Recaudación
Administración General de Auditoría Fiscal Federal
Administración General Jurídica de Ingresos
Administración General de Aduanas
Coordinación General de Recursos
Destacamos que, el Jefe del SAT se constituye como un enlace entre la institución y las demás entidades gubernamentales, y de los sectores social y privado en las funciones encomendadas al propio SAT.
Para concluir, es importante mencionar que, la Junta de Gobierno del SAT se encuentra integrada por:
Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Presidencia)
Tres consejeros elegidos por el Secretario de Hacienda
Tres consejeros independientes designados por el Presidente de la República
Asimismo, cumple con el rol de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, da facilidades e incentivos para el cumplimiento voluntario y genera la información necesaria para la toma de decisiones tributarias.
El SAT se crea el 15 de diciembre de 1995 con la publicación de Ley del Servicio de Administración Tributaria, y comienza a funcionar el 1 de julio de 1997 a través de diferentes unidades administrativas:
Unidad de Comunicación Social
Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera
Dirección General de Interventoría
Dirección General de Planeación Tributaria
Dirección General de Asuntos Fiscales Internacionales
Dirección General de Coordinación con Entidades Federativas
Dirección General de Tecnologías de la Información
Administración General de Recaudación
Administración General de Auditoría Fiscal Federal
Administración General Jurídica de Ingresos
Administración General de Aduanas
Coordinación General de Recursos
El Jefe del SAT es el enlace entre la institución y las demás entidades gubernamentales tanto de carácter federal y estatal como municipal, y de los sectores social y privado en las funciones encomendadas al propio SAT.
Por último, destacamos que la Junta de Gobierno del SAT se encuentra integrada por:
Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Presidencia)
Tres consejeros elegidos por el Secretario de Hacienda
Tres consejeros independientes designados por el Presidente de la República
Según decía un presidente de Estados Unidos, Benjamín Franklin, “existen dos cosas que son seguras en esta vida, la muerte y pagar impuestos”.
Bueno, es por eso que remitimos a la pregunta del título de esta nota: ¿Qué sucede cuando la muerte alcanza a un contribuyente?
Claramente, la respuesta es obvia y es la siguiente: el contribuyente difunto dejará de pagar impuestos. A consecuencia inmediata la autoridad (SAT) comenzará a enviar sus requerimientos de pago al difunto, para después empezar con sus señalamientos de bienes y varias requisiciones más.
Es por ello que lo más recomendable es que algún familiar vaya al SAT a hacer un trámite de modo tal que la autoridad fiscal quede avisada y así con ella, la autoridad hacendaria sabrá que uno más de sus contribuyentes, no lo es más.
¿Quiénes pueden presentar el trámite?
El trámite puede ser presentado por cualquier familiar de la persona que fallezca o tercero interesado.