El SIPRED se trata de un software del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que se utiliza para poder realizar la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet. Fue creado para poder facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales.
Importante es saber que se ha cambiado a la versión 5.0.0.0 en el SIPRED 2011, la cual se realizó para optimizar el funcionamiento del sistema, por lo que no afecta las plantillas, ni los dictámenes que se hayan capturado.
Durante los años pasados, el SAT ofrecía algunas prórrogas a la hora de la presentación del dictamen fiscal de estados financieros. Éstas se debían a variadas razones, algunas imputables al propio SAT y otras más bajo la petición de la Contaduría Organizada.
Sin embargo, hay que saber que dichas prórrogas eran ofrecidas por única vez y hasta un día determinado, sin crear una tendencia naturalizada de la cuestión.
Pero, a partir del 22 de diciembre de 2011, SAT puso en funcionamiento el Sistema de Presentación del dictamen Fiscal e Información alternativa del dictamen para el ejercicio fiscal 2011, y por consiguiente, para 2012 no habrá plazo adicional para presentar el dictamen fiscal o en su caso la información alternativa al dictamen.
Dejamos a continuación los plazos de vencimientos según primera letra de la Clave RFC, deberá enviar en la fecha que se indica:
De la A a la F: Del 15 al 20 de junio de 2012
De la G a la O: Del 21 al 25 de junio de 2012
De la P a la Z y &: Del 26 al 30 de junio de 2012
Recuerde que, las sociedades controladoras tendrá oportunidad de presentarlo a más tardar el 15 de julio de 2012.
Por otra parte, los contribuyentes que deban dictaminarse, la información se presenta conforme al Anexo 16 y 16-A de RMISC 2012 y el programa a utilizar es SIPRED. Si optó por no dictaminarse, será conforme al anexo 21 de las mismas reglas y el programa a utilizar es SIPIAD.
A pesar de las prórrogas otorgadas el año pasado se presentaron 3,307 dictámenes en forma extemporánea, respecto de los 86,052 dictámenes recibidos, lo que representó el 3.84% de la totalidad de los dictámenes presentados.
Están obligadas a presentar el Dictamen Fiscal las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que:
en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos superiores a $34,803,950.00.
Estamos frente a una nueva medida tomada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que decidió ampliar el plazo para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales correspondiente al 2010.
Recordamos que, la primera fecha de vencimiento se situaba el 26 de julio y se extendió a más tardar el 15 de agosto, pero ahora gracias a que el órgano recaudador de impuestos dio a los contribuyentes un mes más, podremos presentarla hasta mediados de septiembre.
La misma medida se aplica para quienes no opten por el dictamen y sólo hagan la presentación de la información alternativa que se establece en las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2011.
Para poder hacer la Declaración del Dictamen Fiscal 2010, le informamos que deberá usar el nuevo software. Para el cumplimiento de estas disposiciones el SAT desarrolló una nueva plataforma o versión del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (Sipred) diferente al que se usó para el ejercicio del 2009. En este caso, se trata del SIPRED 2010, que puede descargarlo en nuestra web.
El tema se basa en que se tuvo que instalar la versión 2.0.0 pero hubo problemas con los que ya habían cargado en sus equipos versiones anteriores.
Desde antes, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos ya había observado que el Sipred no guardaba automáticamente la información capturada, por lo que en algunos casos se corría el riesgo de perderla. También recomienda evitar trabajar sobre la versión Office 2003 por ser extremadamente lenta.
El anexo 16 se integra de los instructivos de integración y de características, los formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitidos por contador público registrado. Asimismo, contiene los cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el contador público por ej ejercicio fiscal en cuestión, utilizando el sistema de presentación del dictamen, SIPRED, aplicable a los tipos de dictamen que se mencionan.
Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público registrado, por el ejercicio fiscal correspondiente, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED).
Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador publico registrado, por el ejercicio fiscal correspondiente utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen (SIPRED).
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros general
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal simplificado aplicable a los contribuyentes autorizados para recibir donativos
Cuestionario de diagnóstico fiscal
Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a los contribuyentes personas morales que tributen en el régimen simplificado, y las personas físicas que exclusivamente realicen actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícola, así como las dedicadas al autotransporte terrestre de carga o pasaje
Cuestionario de diagnóstico fiscal
Cuestionario en materia de precios de transferencia
En caso de que usted dictamina sus estados financieros para efectos fiscales o es Contador Público Registrado, el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2010 se presenta a más tardar el 30 de junio del 2011, siguiendo los vencimientos de acuerdo a la terminación del RFC:
De la A a la F del 15 al 20 de junio de 2011
De la G a la O del 21 al 26 de junio de 2011
De la P a la Z y & del 27 al 30 de junio de 2011
Para poder hacer una buena presentación, deberá tener en cuenta los siguientes anexos en el SIPRED:
Anexo 16: Responsabilidad solidaria por operaciones de residentes en el extranjero
Anexo 17: Determinación mensual del impuesto a los depósitos en efectivo
Anexo 18: Relación del impuesto a los depósitos en efectivo recaudado y pendiente de recaudar
Anexo 19: Relación de contribuciones por pagar
Anexo 20: Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del impuesto sobre la renta
Anexo 21: Integración del inventario acumulable
Anexo 22: Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores
Anexo 33: Concicliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultados, los acumulables a efectos de impuesto sobre la renta y los percibidos para efectos del IETU
Anexo 34: Operaciones con partes relacionadas
Anexo 34.1: Información del contribuyente sobre las operaciones con partes relacionadas
Los contadores públicos poseen un registro para la dictaminación de estados financieros a efectos fiscales, que se trata de un sistema utilizado como un instrumento de fiscalización indirecto.
Ventajas del Dictamen Fiscal son:
Para el Fisco: medio indirecto de fiscalización.
Para los Contadores Públicos: aumento de las membresías de las instituciones profesionales.
Para el Contribuyente: seguridad fiscal.
¿Quiénes están obligadas a presentar el Dictamen Fiscal? Todas aquellas personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que:
en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos superiores a $34,803,950.00.
por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios
estén autorizadas para recibir donativos deducibles
se fusionen
Asimismo, deberán presentarla las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal.
Recordamos que, el dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2010 se presenta a más tardar el 30 de junio del 2011, siguiendo los vencimientos de acuerdo a la terminación del RFC: