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Declaración Informativa Múltiple 2011 (DIM 2011)

Nuevamente falta poco para las Declaraciones Informativas anuales. En esta ocasión, los contribuyentes obligados a presentar declaraciones informativas de 2011, deberán hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2012, mediante el programa Declaración Informativa Múltiple (DIM).

Es importante que tenga para esto el programa electrónico DIM 2011. En este sentido, los contribuyentes que presenten la información mediante el programa deben hacer lo siguiente:

  1. Obtener el programa DIM 2011
  2. Instalarlo conforme se indica en dicho programa.
  3. Capturar los datos generales del declarante y la información solicitada en cada uno de los anexos
  4. Presentar la información mediante el archivo que genera el sistema, ya sea por internet en el Portal del SAT o en medios magnéticos

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Declaracion Informativa 2010

Estamos a poco tiempo de las próximas Declaraciones Informativas anuales. En esta ocasión, los contribuyentes obligados a presentar declaraciones informativas de 2010, deberán hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2011, mediante el programa Declaración Informativa Múltiple (DIM)

A su vez, tras capturada la información, se debe enviar por Internet, o algún medio magnético según corresponda.

Medios en que se debe presentar la información:

Al momento de enviar la información, el SAT remitirá el acuse de recibo electrónico, mismo que podrá reimprimir en el Portal del SAT en internet para lo cual requiere la Clave de Identificación Electrónica (CIEC) actualizada o Firma Electrónica Avanzada (Fiel) vigente.

Pasos para obtener y utilizar el programa electrónico DIM

Contribuyentes que presenten la información mediante el programa deben hacer lo siguiente:

  1. Obtener el programa DIM 2011
  2. Instalarlo conforme se indica en dicho programa.
  3. Capturar los datos generales del declarante y la información solicitada en cada uno de los anexos
  4. Presentar la información mediante el archivo que genera el sistema, ya sea por internet en el Portal del SAT o en medios magnéticos

Expedición de constancias

Todos aquellos contribuyentes que deban expedir constancias a terceros pueden utilizar los anexos 1, 2 y 4 del programa DIM, en lugar de las formas fiscales:

  • 37. Constancia de Sueldos, Salarios, Conceptos Asimilados, Crédito al Salario y subsidio al Empleo
  • 37-A. Constancia de Pagos y Retenciones del ISR, IVA e IEPS
  • 28. Constancia de Pagos Efectuados a Residentes en el Extranjero provenientes de Fuente de Riqueza ubicada en Territorio Nacional, respectivamente

Es de destacar que, en el anexo 1 deberá estar el sello y firma del empleador que lo imprime.

Declaración de operaciones con clientes y proveedores

Por último, aquellas personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales por el ejercicio fiscal de 2010, deben proporcionar a través de medios magnéticos la información de las operaciones realizadas con sus clientes y proveedores a más tardar el 15 de febrero de 2011.

La información de clientes y proveedores que se debe presentar es aquella cuyo monto anual sea igual o superior a 50,000 pesos.

Formato constancia

A la hora de hacer nuestra declaración anual frente al SAT, debemos descontar aquellos pagos de retenciones realizados.

En consecuencia, si ha recibido ingresos por salarios, servicios profesionales, rentar bienes inmuebles o por intereses, deberá solicitar su constancia de pagos y retenciones.

Con esta constancia usted podrá elaborar su declaración anual debido a que contiene el monto de los pagos y retenciones que le efectuaron durante el año, así como sus datos personales y los de su  retenedor.

Es de destacar que, las constancias de intereses por créditos hipotecarios e intereses percibidos pueden variar según el banco que las emita ya que no existe un formato único.

Asimismo, si le recaudaron impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) requiere otra constancia que la expide la institución bancaria correspondiente para poder acreditarlo en su Declaración Anual.

Actualmente, se utilizan dos formatos de constancia de retenciones:

  • 37 o Anexo 1 de la forma fiscal 30 o Anexo 1 del programa DIM. Constancia de sueldos, salarios, viáticos, conceptos asimilados y crédito al salario
  • 37-A o Anexo 2 de la forma fiscal 30 o Anexo 2 del programa DIM. Constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS.

Si hace click en los links de cada forma, tendrá acceso a su PDF.

Fuente: SHCP - Contadormx

Digitalizacion SAT

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) está buscando la manera de dar celeridad a los procesos de declaración fiscal, y también evitar y eliminar si es posible, todo tipo de falsificaciones. Para esto, el SAT incentivará a todos los contribuyentes para que utilicen Comprobantes Fiscales Digitales (CFD).

Con este objetivo se firmó el acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, que traerá a consecuencia que a partir del 1 de enero del 2011 todos los documentos fiscales (recibos de honorarios, facturas, etc.) deberán ser digitales y tendrán igual validez que los emitidos en papel.

No obstante, no desaparecerán los documentos físicos sino que, aquellos emitidos por montos menores a 2,000 pesos podrán seguir emitiéndose en papel si el usuario lo desea.

¿Cómo son los documentos digitales?

Son archivos que contienen todos los datos de un documento tradicional salvo que se le añade un sello digital que garantiza su autenticidad. Entonces, los Comprobantes Fiscales Digitales sólo podrán ser emitidos por empresas autorizadas por el SAT.

Asimismo, los CFD deberán tener el sello digital del contribuyente que lo expida, el cual debe ser certificado por el SAT.

Los Comprobantes Fiscales Digitales se comenzaron a usar en México desde el 2005. Actualmente, sólo 28,756 contribuyentes han optado por el esquema digital.

Declaración anual de impuestos por Internet

imageSAT

Cuando hablamos de pago de impuestos, nos referimos a que si usted posee un ingreso superior a 400,000 pesos, si dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del 2009 o, bien, desea realizar deducciones personales, deberá obligatoriamente presentar la declaración anual de impuestos.

Lógicamente, esta presentación no es necesaria que se realice como tradicionalmente se hacía, ya que mientras no exista una situación fuera de lo normal para el contribuyente, podrá hacer su declaración vía Internet.

La presentación por Internet, requiere principalmente de una PC con acceso a Internet, descargarse el software del SAT (DeclaraSAT) o ingresar a “oficina virtual” en la página de la entidad administradora tributaria. Asimismo, debe contar con Firma Electrónica (Fiel) o Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).

Pasos para realizar la declaración anual por Internet:

  1. Entrar a “declaraciones y pagos” del portal del SAT
  2. Ingresar su Registro Federal del Contribuyente (RFC) y su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) o Firma Electrónica Avanzada (FEA)
  3. Seleccionar el tipo de declaración
  4. Enviar su declaración y generar acuse de recibo. Si requiere pago, tendrá una clave de referencia de pago, para abonar en cualquier banco autorizado.

Ventajas de realizar la declaración anual por Internet:

  • Simplifica los procedimientos
  • Reduce costos y tiempo
  • Transparencia, fidelidad y disponibilidad de la situación fiscal
  • Reimpresión de comprobantes en caso de extravío

Es importante destacar que, en caso de obtener saldo a favor deberá registrarlo en la declaración, y para realizar esto, es necesario tener las claves electrónicas y una cuenta bancaria con CLABE.

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