
A la hora de realizar pagos en el SAT, para así cumplir con el pago de impuestos, siempre que nos encontremos iniciando en el sistema de Declaraciones y Pagos, y estemos obligados a presentar Pagos Referenciados a través del portal, es importante que sepamos lo siguiente para una correcta presentación de la misma.
El Pago Referenciado es la nueva forma por medio de la cual deberá de efectuar el pago de sus obligaciones fiscales federales, por medio de una línea de captura (referencia), que previamente deberá de obtener en el SAT.
Impuestos a los que Aplica:
- Pagos provisionales mensuales de ISR, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago Art. 14 LISR
- Pagos provisionales mensuales de IETU en el mismo plazo de los pagos provisionales del ISR Art. 9 LIETU
- Pagos mensuales de IEPS, a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél al que corresponda el pago Art. 5. LIEPS
- Pagos mensuales de IVA a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. Art. 5-D LIVA
Ingreso de retenciones a Terceros de personas Morales en concepto de:
Referencia: Artículos 101, fracción V, 113 LISR; 1-A de LIVA; 5-A de LIEPS
¿Quiénes son los contribuyentes que deben cumplir con esto?
- Empresas del sector financiero
- Sociedades mercantiles
- Personas morales del Título II de la Ley del ISR, con renta superior o igual a 500 millones de pesos
- El Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada
- Organismos constitucionalmente autónomos
- CFE, IMSS e ISSSTE
- Contribuyentes que son sujetos del IEPS
- Contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF
Destacamos que, durante el mes de septiembre de 2011 se amplía al 19 de octubre el plazo para la presentación de declaraciones de SEP.
Los Impuestos






por que hacen tan dificil su portal , solo quiero saber como puedo sacar mi declaracion