RFC Genérico: operaciones con Público en General y clientes o socios del Extranjero

Entre las consultas más realizadas por los lectores del portal, hemos visto que muchos buscan el RFC Genérico para las operaciones con clientes del Exterior, para poder deducirse estos gastos.

Cuando las empresas de México realizan facturas electrónicas a clientes en el extranjero surge siempre esta duda:

¿Cuál es el RFC Genérico que debe registrarse en estos casos?

En resumen, antes de ir la fuente, indicamos que:

  • RFC Genérico para Público en General: XAXX010101000
  • RFC Genérico para Clientes del Extranjero: XEXX010101000

Lo más simple es ir a la fuente y ver qué dice el SAT al respecto. En base a ello, el Servicio de Administración Tributaria ha indicado que para todas estas transacciones deberá usarse un RFC genérico. Y continúa expresándose de la siguiente manera:

Cuando en los Facturas Electrónicas se efectúen operación es con clientes extranjeros se consignará el RFC genérico: XEXX010101000.

Asimismo, este RFC genérico será utilizado para aquellas facturas electrónicas globales que amparen una o más operaciones efectuadas con público en general, y en el mismo se consignará el RFC genérico XAXX010101000; es decir aquellas personas que no están inscritas ante el SAT y por lo tanto no cuentan con un RFC con homoclave.

De este modo, si ya eres emisor de Facturas Electrónica y lo haces a través de un software empresarial, además de tener relaciones comerciales con clientes extranjeros, en el campo de RFC debes anotar este RFC genérico cuando emitas una Factura Electrónica.

Asimismo, debemos conocer cuáles son las claves del RFC para las deducciones personales en erogaciones con residentes del extranjero:

Para los efectos de los artículos 176 de la Ley del ISR y 245 de su Reglamento, las personas físicas que hayan efectuado erogaciones en el extranjero y que en los términos de dicha Ley sean consideradas como deducciones personales, podrán consignar en el llenado de la declaración anual, la clave del RFC genérico: EXT990101NI4, tratándose de documentación comprobatoria expedida por personas físicas residentes en el extranjero, o bien, la clave del RFC genérico: EXT990101NI9 cuando se trate de documentación comprobatoria expedida por personas morales residentes en el extranjero, según corresponda.

Este texto surge de la Resolución Miscelánea Fiscal actualizada al 31 de mayo de 2013.

Clave en el RFC en deducciones personales erogadas con residentes en el extranjero

Las personas físicas que hayan efectuado erogaciones en el extranjero y que en los términos de dicha Ley sean consideradas como deducciones personales, podrán consignar en el llenado de la declaración anual, la clave en el RFC genérico: EXT990101NI4, tratándose de documentación comprobatoria expedida por personas físicas residentes en el extranjero, o bien, la clave en el RFC genérico: EXT990101NI9 cuando se trate de documentación comprobatoria expedida por personas morales residentes en el extranjero, según corresponda.

RFC para Socios residentes en el extranjero

Aquellas personas morales y asociaciones que cuenten con socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero y que no se encuentran obligados a solicitar su inscripción en el RFC, en el caso de solicitar su inscripción consignarán para cada uno de los residentes en el extranjero la clave en el RFC genérico: EXT990101NI1 y/o EXTF900101NI1, para personas morales y físicas respectivamente.

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