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Tomando en cuenta que es considerado como espectáculo público, pero de acuerdo a lo que dice el RIF que personas físicas que no obtengan ingreso mayor a 2,000,000. y no se requiera titulo profesional.

Necesito saberlo y sobre todo fundamentar; porque el personal de hacienda se contradice al respecto.

Gracias



  • Francisco Díaz López preguntado enero 27, 2016
  • last edited enero 27, 2016
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Francisco, claro el límite de lo que es o no un espectáculo público es a apreciación... Lamentablemente podemos decir que el SAT tiene razón o que tú estás en lo cierto.

Saludos

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