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Buen día.

Una persona física está en el RIF (régimen de incorporación fiscal), e imparte el servicio de capacitación bilingüe. Yo soy persona moral, al expedirme la factura no me hace las retención de ISR e IVA, ¿es esto correcto o necesito que me haga una re-facturación y me haga las retenciones?



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Articulo 111 LISR, Fracción III: Las personas físicas (RIF) que obtengan ingresos a que se refiere este Capítulo por concepto de comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, salvo tratándose de aquellas personas que perciban ingresos por conceptos de mediación o comisión y estos no excedan del 30% de sus ingresos totales. Las retenciones que las personas morales les realicen por la prestación de este servicio, se consideran pagos definitivos para esta Sección.

  • Luis Cayn Espino Martinez respondida marzo 15, 2015
  • last edited marzo 16, 2015

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