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Buenas tardes.

Mi duda es ¿cómo debo presentar la información de un RIF que únicamente tiene ventas al público en general? ¿tengo la obligación de hacer un CFDI y presentar la información en Mis Cuentas? ya que si lo hago de las dos formas estoy duplicando mis ingresos.



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Hilda, primero te respondo la segunda consulta. Si emites un CFDI global por tus ventas ya no hace falta que registres en tu contabilidad de Mis Cuentas. Sino duplicarías, estás en lo cierto.

Ahora bien, la declaración cuando se tiene sólo ventas al público en general, será como vemos en la imagen debajo:

RIF sólo Ventas a Público en General

Saludos

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