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No sé con certeza cómo voy a controlar mis ventas mínimas de refrescos, sabritas, galletas y mercancías diversas. Si vamos a seguirlo manejando con notas de ventas o con facturas, además cómo vamos aplicar los impuestos que determinaron a ciertos productos y cómo vamos a declararlo y en qué momento.

Hay mucha incertidumbre ya que lo que sí sabemos es que nos van a multar si no aplicamos la reforma. Debieran ser claros en informarnoslo



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Joel, en primer lugar te digo que la incertidumbre que mencionas hay posibilidades de resolverla. El SAT ha estado dando conferencias diarias y las preguntas han sido todas las mismas, además hay un foro que se efectúa 2 o 3 veces por semana donde todos hacen preguntas y el SAT responde.

Paso a contestarte.

Controlarás tus ventas como desees, emitirás los comprobantes no fiscales que quieras para poder llevar tu contabilidad y luego harás una factura global por tus ventas diarias, semanales o mensuales.

Los impuestos que se aplican sobre las ventas, estarán en dichas facturas por separado. El ISR, se calculará según su ley.

Saludos

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