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Muy buenas tardes.

Ante todo una felicitación por su blog y los interesantes temas que se comparten.

Tengo una duda respecto a pagos del RIF. Mis ventas son 100% al publico en general y actualmente para ISR pago el 20% del impuesto, pero para IVA me aparece el descuento de 100%. Tengo entendido que por ser ventas al público en general se tiene esa ventaja, pero no sé si siempre puedo seguir presentando el IVA así como tal o tengo que aplicar los porcentajes de acreditamiento.

De antemano gracias



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David, si ahora estás al 100% de descuento, el año próximo será al 90% y así sucesivamente. Saludos

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