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En el mes de abril de 2016 compré un local comercial por el cual pagué un IVA por $30,000.00, mismo que fue enterado a hacienda por el notario que me extendió una factura donde se especifica el citado IVA.

Hasta el mes de agosto de este mismo año me di de alta en el régimen de arrendamiento. Mi pregunta es si ¿ese IVA se puede acreditar o cómo lo podría recuperar?



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En una promesa de compraventa de un terreno con construcciones comerciales (bodegas) ¿podemos pactar de antemano entre comprador y vendedor en el contrato privado el IVA que causan las construcciones asignando el 70% del precio a las construcciones y el 30% al terreno? y si es así, ¿cuál sería el sustento legal?

Por su pronta asesoría, muchas gracias de antemano.

Saludos.

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