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Mi negocio es una tienda de abarrotes, ¿cómo debo manejar en mi declaración lo referente al IEPS? ya que en la sección de IEPS viene un espacio donde dice: ingresos por venta al público en general de alimentos, y otro que dice: ingresos facturados por venta de alimentos.

Pero pues en el negocio solo se venden alimentos enlatados, sabritas, etcétera.

Les agradeceré su orientación.



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Ernesto, no se trata del IETU sino del IEPS, y pasamos a responderte. Cuando se trata de ventas al público en general, es cuando no emites factura a tu cliente, en caso contrario se usa la otra opción.

Saludos

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Ah, y en caso que me soliciten factura y en la venta se incluyan papas sabritas, refrescos, alimentos enlatados etcétera ¿se debe anotar el IVA y el IEPS?

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Ernesto, si el cliente que te solicita CFDI es contribuyente de IEPS debes desglosarle ambos impuestos. Sino únicamente IVA.

Saludos

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