IEPS para panaderías en 2015
Del 18 de diciembre de 2014 desaparece la regla miscelánea I.5.1.3. ¿esto significa que ya no habrá alimentos básicos que no gravan para IEPS como el bolillo y la telera? ¿quedarían en la regla I.5.1.13 si tienen proceso adicional como lo marca la regla I.5.1.13?.
Gracias por su apoyo
Alimentos de consumo básico
- I.5.1.3.
- A.
- II. (Se deroga)
- III.
- IV. (Se deroga)
- V.
- B.
- II. (Se deroga)
- III. (Se deroga)
Preparaciones alimenticias que requieren un proceso adicional para su consumo I.5.1.13. Para los efectos del artículo 2, fracción I, inciso J), numeral 8 de la Ley del IEPS, no se consideran alimentos preparados a base de cereales a las preparaciones alimenticias que requieren de un proceso adicional previo para ingerirse en forma directa.
- RAQUEL HERRERA preguntado diciembre 30, 2014
- last edited diciembre 30, 2014
Raquel, si te fijas en la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 verás que vuelven a aparecer esos puntos http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5377714&fecha=30/12/2014.
Saludos
- Nicolas Rombiola respondida diciembre 30, 2014
Gracias, ya verifiqué. Saludos
- RAQUEL HERRERA respondida diciembre 31, 2014
- last edited enero 4, 2015
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