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Soy ama de casa, no trabajo desde 1988 y ahora quiero iniciar un pequeño negocio: una franquicia ¿puedo hacerlo dentro del RIF?

Leyendo el artículo en losimpuestos.com.mx sobre este tema, hay una sección donde se indica que no se consideran a los franquiciatarios, pero también menciona:

"La Prodecon revierte este razonamiento precisando que el simple hecho de que una persona hubiese celebrado un contrato de franquicia no es un fundamento suficiente y coherente para determinar que ello le otorgue mayores ingresos respecto de quienes inician por sí mismos su propio negocio.

Esto es así porque tal contrato únicamente les brinda un apoyo técnico en relación con la clase del negocio, sin que eso les asegure éxito inmediato ni mayores beneficios que los ubique en un supuesto distinto al consagrado en el primer párrafo del artículo 111 de la LISR.

Además el apoyo en comento no guarda relación con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Veremos si esto se cumple y el SAT permite a los franquiciatarios ser parte del RIF."

Y por otro lado leí su respuesta a una persona con una duda similar sobre las franquicias, sin embargo creo que hay un mal entendido en los términos:

Franquiciatario es la persona física o moral que adquiere contractualmente del franquiciante el derecho a explotar una franquicia.

En el contrato se incluye el uso de una marca y la operación de un negocio de acuerdo con los conocimientos que le sean transmitidos.

Franquiciado(a) se dice de los productos objeto de una franquicia. Titular de una franquicia "tienda franquiciada"

Por lo que ¿podrían aclarar o confirmar si al adquirir una franquicia puede hacerse bajo el RIF?



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Maribel, como contratante de la franquicia, quien lleva adelante el negocio, podrás estar en el RIF, no así quien te entrega la logística de toda la franquicia a ti.

Saludos

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