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Buenas tardes.

En mi empresa requieren de mi acta de nacimiento y carta de antecedentes no penales y para que sean deducibles deben facturarse a la empresa que trabajo. Pero las páginas de gobierno dicen que deben de salir al titular persona física. Entonces la empresa no podrá reponerme el dinero porque salen a mi nombre y no a la empresa ¿qué se puede hacer?

¿Hay en alguna parte o en alguna ley que diga que esto no se puede hacer o si se puede cancelando y después volver a facturar al de mi empresa?

Agradezco su atención.



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César. No entendemos para qué lo requiere la empresa. En todo caso, por lo visto es un trámite personal, no puede deducirlo la empresa.

Saludos

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