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Hola, buenos días:

Debido a diversas dificultades económicas que enfrentan nuestros clientes, el plazo para el pago de los productos y servicios que les vendemos se ha ido alargando de forma importante.

Anteriormente recibíamos los pagos 30 días posteriores a la presentación de nuestra factura, pero en la actualidad el plazo promedio de pago es de 120 días.

Mi pregunta es la siguiente:

¿Estoy obligado a pagar impuestos (pago provisional, ISR e IVA) a partir de la generación de la factura o hasta haber recibido efectivamente el pago correspondiente?

Agradezco de antemano sus atenciones.

Saludos, Carlos.



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Carlos, las pregunta clave es si eres persona física o moral.

Si eres persona física registras y pagas impuestos en función del método de lo percibido, es decir, cuando los pagos o cobros efectivamente se producen.

Si eres persona moral, todas las operaciones se registran y pagan impuestos con la emisión de la factura o perfección de la venta (entrega del bien o servicio).

Saludos

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