¿En dónde debo incluir el ajuste anual a favor en contra (en qué catálogo)?
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No he logrado timbrar ya que estoy haciendo ajuste. El problema es que tengo trabajadores con impuesto a favor y contra ¿en qué parte debo colocar el ajuste anual a favor y en contra?
Existe el catálogo del SAT que es otro tipo de pago y ahí hay 5 partidas, y son:
- 001 reintegro de ISR en exceso
- 002 subsidio al empleo
- 003 Viáticos
- 004 Aplicación de saldo a favor por compensación anual
- 005 Reintegro de ISR retenido en exceso del ejercicio anterior
- 999 Pago distintos a los listados
Por su atención, gracias.
- Victoria Flores Aguilar preguntado diciembre 22, 2017
- last edited diciembre 22, 2017
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