0

Mi nombre es Román, me da gusto hacerle esta pregunta a ustedes que son expertos en la materia.

Actualmente en el timbrado de nómina hay nuevos campos, en este caso jubilación y haberes de retiro.

He escuchado que cuando un Juez se retira por años trabajados, la misma institución les otorga un dinero y lo maneja como haberes de retiro. ¿Este haber de retiro se debe timbrar como una nómina en el rubro de haberes de retiro?

Si es así, en el timbrado de la nómina, actualmente, si el pago es quincenal debe aparecer este importe como pago en una sola exhibición o en como parcialidades.

En este caso, ¿qué debe contener el campo de ingresos acumulables, el importe de las suma de gravado y exento o solo gravado? ¿este dato le serviría a hacienda para hacer su calculo anual o es solo como parte informativa?



Si te ha servido esta respuesta, puedes enterarte de las novedades: Hazte fan en Facebook, Twitter y Google para recibir las actualizaciones:

   



Tu Respuesta