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Buen día. Mi duda es la siguiente: yo llevo la contabilidad de un taxista pero él factura a público general sin IVA. Solo declara ISR ya que el transporte está exento de IVA, entonces mi duda es, al hacer las declaraciones bimestrales sus únicos gastos son por gasolina entonces no sé si debo hacer la deducción por el monto total de la factura o debo hacerla quitándole el IVA y el IEPS.

Gracias por sus respuestas



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Kelvin, te invitamos a ver este artículo https://losimpuestos.com.mx/regimen-de-incorporacion-fiscal/ donde tiene un apartado que habla específicamente de las deducciones posibles en el RIF.

Saludos

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