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Buen día.

Mi caso es el siguiente: Soy persona física y en este mes de enero de 2018 me di de alta ante el SAT como Régimen de Incorporación Fiscal (antes estaba como asalariado al 100%).

En el mes de diciembre de 2017 adquirí un automóvil a crédito con una agencia de autos; me expidieron una factura con mi RFC, con desglose de IVA, por el valor total del vehículo, pagué el enganche correspondiente (en diciembre 2017).

En enero de 2018 fue cuando me di de alta como RIF ante el SAT, en este mismo mes pagué ya la mensualidad correspondiente; mi pregunta es si ¿los pagos que haga de aquí en adelante los puedo deducir en la declaración bimestral?

En el chat del SAT me comentaron que esos pagos no son deducibles porque la factura me la expidieron cuando yo no estaba como RIF y eso fue todo lo que me comentaron; por eso recurro a ustedes para que me puedan apoyar al respecto.

De antemano agradezco su valioso apoyo.

Saludos

Antonio



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