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Hola, tengo un cliente en el RIF el cual se dio de alta el 1 de septiembre en el mencionado régimen, pero operaba en la informalidad anteriormente, ¿tengo que presentar declaraciones de los bimestres pasados? ¿qué pasa con el activo fijo el cual adquirió en años pasados?



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Alan, como contribuyente nuevo empezará a declarar desde el bimestre que tenga ingresos. Por lo cual, declarará por primera vez en noviembre el bimestre Septiembre-Octubre. Los activos anteriores no podrá deducirlos.

Saludos

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