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Si estoy en el régimen de incorporación fiscal, ¿debo presentar declaración anual? y en tal caso ¿en qué ley y artículo se encuentra la obligatoriedad o bien la no obligatoriedad?

Estoy dándome de alta como proveedor en un Municipio y me piden la justificación o bien la declaración. En hacienda me dicen que no debo presentarla, pero en dónde está la justificación.

Si me pueden orientar.

Gracias



  • Dulce María Ardon preguntado mayo 19, 2015
  • last edited mayo 20, 2015
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Dulce María, los pagos y presentaciones son únicamente bimestrales y tienen el carácter de definitivos, por ello no requiere la presentación de declaración anual. Esto está en el artículo 111 de la LISR:

Los contribuyentes a que se refiere este artículo, calcularán y enterarán el impuesto en forma bimestral, el cual tendrá el carácter de pago definitivo, a más tardar el día 17 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente...

Saludos

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