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Hola.

Soy RIF y mi duda es: emití factura en cierto bimestre pero no fueron pagadas si no hasta el siguiente bimestre, ¿cuándo se declaran esas facturas? ¿en el bimestre que se emiten o en el bimestre que se pagan?



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Laila, siendo persona física, la declaración de la factura debe ser cuando sea efectivamente pagada.

Saludos

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¿También en la parte del IVA?

Es decir, ¿no pago el IVA por adelantado si no hasta que me pagan, aunque pasen 6 meses?

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