Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales

Una opción que no es muy conocida por todos los contribuyentes es la de la Opinión sobre el Cumplimiento de Obligaciones Fiscales que ofrece el SAT.

Aquellos que deseen solicitar algún tipo de subsidio o estímulo, contratar con la Administración Pública Federal Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República, o con las Entidades Federativas, realizar un trámite fiscal o de comercio exterior u obtener una autorización en materia de impuestos o de comercio exterior, tendrán la posibilidad de obtener desde el SAT el servicio automatizado Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

Pasos para obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales

Para emitir la opinión en sentido positivo la autoridad revisa:

  • Que haya presentado los pagos provisionales y/o definitivos, así como la declaración anual que establece la Resolución Miscelánea Fiscal.
  • Que no tenga créditos fiscales firmes.

Procedimiento para obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales:

  • Ingrese en la opción de la página de internet del SAT, Trámites.
  • Seleccione la opción de “Opinión del Cumplimiento” y registre su RFC, Contraseña, y haga clic en iniciar sesión.

Seleccione:

  • No, en la advertencia de seguridad. Confirme el mensaje de página web
  • Servicios por Internet
  • Cumplimiento de Obl Fisc
  • Opinión del Cumpl de Obl Fisc
  • Reporte
  • En la pantalla que se despliega copie el texto de la imagen tal como aparece en ésta y de clic en “Continuar”.
  • Para obtener la opinión de clic en “Consultar”.
  • Imprima o guarde la opinión emitida.

Cualquier tipo de opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales emitida por el SAT en sentido positivo, tiene una vigencia de 3 meses para efecto de la obtención de estímulos o subsidios, y una vigencia de un mes en los demás casos.

Para efecto de contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo a fondos federales, por montos superiores a $300,000.00 sin incluir el IVA, deberán mostrar quienes vayan a celebrar el contrato, así como los que estos subcontraten, la opinión del cumplimiento vigente, en sentido positivo.

Para la obtención de estímulos o subsidios, tratándose de contribuyentes inscritos sin obligaciones fiscales se deberá considerar lo siguiente:

  • Cuando el beneficiario no tenga ingresos superiores de 40 UMA´s elevados al año: La Opinión se tomará como positiva.
  • Cuando el monto del estímulo o subsidio rebase de 40 UMA´s elevados al año: Deberá mostrar la Opinión del Cumplimiento positiva para poder otorgarle dicho estímulo o subsidio.
  • Cuando no estén obligados a inscribirse o, cuando el monto del subsidio o estímulo sea igual o menor a $30,000.00: No será necesario exhibir la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

¿Cómo obtener la opinión del cumplimiento de un tercero?

Aclaración de la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales

Sólo será en el caso de que haya quedado disconforme con la opinión que obtenga:

Inconsistencias relacionadas con el RFC o la presentación de declaraciones

  • Haga el mismo proceso antes indicado para ingresar a la sección de Opinión de Cumplimiento.

Seleccione:

  • No, en la advertencia de seguridad. Confirme el mensaje de página web
  • Servicios por Internet/ Aclaraciones/ Solicitud
  • En tipo de Trámite seleccione: Actualización del RFCoDECLAR (Opinión del Cumplimiento).
  • Describa brevemente el motivo de la aclaración y adjunte el archivo electrónico que soporte la misma y la opinión obtenida.
  • Una vez que esté solventada, genere nuevamente la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

Inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o con el otorgamiento de la garantía

  • Haga el mismo proceso antes indicado para ingresar a la sección de Opinión de Cumplimiento.

Seleccione

  • Servicios por Internet/ Aclaraciones/ Solicitud
  • En tipo de Trámite seleccione: Créditos (Opinión del Cumpl).
  • Adjunte el archivo electrónico que soporte su aclaración y la opinión obtenida.

La autoridad efectuará la revisión correspondiente y en caso de ser procedente la aclaración, la Administración Local de Servicios al Contribuyente que le corresponda le enviará a Mi portal, en un máximo de 3 días la opinión del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Aclarar pagos provisionales de ISR en cero

Para poder aclarar esta opinión negativa se seguirán estos pasos:

  • “Mi Portal”, “Aclaraciones”, “Solicitud”, opción “OPIN32D (SUBDECLARAR ING)”.
  • Adjuntar información pertinente para aclarar el motivo.
  • El SAT resolverá en un plazo máximo de 3 días hábiles la solicitud de aclaración.
  • Emitida la respuesta, el contribuyente podrá generar nuevamente la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

¿Cómo obtener la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones del IMSS?

Para poder emitir la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, el IMSS revisará lo siguiente:

  • Que el contribuyente se encuentre inscrito ante el IMSS y con registro vigente.
  • Que el contribuyente no tenga créditos fiscales firmes determinados.
  • Si se trata de particulares que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados de conformidad con las disposiciones fiscales.
  • En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no haya incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 138 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.

En el caso de haber créditos fiscales firmes, se encontrará al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los siguientes supuestos:

  • Cuando el particular cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.
  • Cuando no haya vencido el plazo para pagar.
  • Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.

¿Qué pasos seguir para obtener la opinión?

Los pasos para hacerse de la opinión de cumplimiento del IMSS son los siguientes:

  • Ingresar a la página de Internet del IMSS, apartado “Patrones o empresas”, “Escritorio virtual”, e ingresar con la FIEL y contraseña.
  • Se ingresará a la sección “Datos Fiscales” y en el apartado “Acciones”, donde se podrá elegir la opción “Opinión de cumplimiento”.
  • El particular podrá imprimir el documento que contiene la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.
Publicidad