Impuestos vigentes en Michoacán de Ocampo

El Estado de Michoacán de Ocampo se financia mensualmente a través de impuestos, derechos y contribuciones. Por esta razón es clave conocer aquellos gravámenes que estén vigentes en la actualidad.

¿Qué impuestos están vigentes en Michoacán?

A continuación veremos los atributos principales de los impuestos que se encuentran vigentes hoy en día en Michoacán.

Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos

Es objeto del Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos, la obtención de ingresos derivados de premios por loterías, rifas, sorteos y concursos que celebren los organismos públicos descentralizados de la Administración Pública Federal, cuyo objeto social sea la obtención de recursos para destinarlos a la asistencia pública.

Son sujetos de este impuesto las personas físicas o morales que obtengan ingresos derivados de premios por loterías, rifas, sorteos y concursos cuyo billete, boleto, contraseña o cualquier comprobante que permita participar en los eventos, le haya sido pagado dentro del territorio del Estado.

El impuesto se determinará aplicando la tasa del 6% al monto total del ingreso por los premios obtenidos correspondientes a cada boleto o billete entero, sin deducción alguna.

Impuesto sobre enajenación de vehículos de motor usados

Es objeto de este impuesto la enajenación de vehículos de motor usados, que se realicen entre personas físicas en el territorio del Estado de Michoacán. Así mismo están obligadas a retener y enterar este impuesto, las personas jurídicas colectivas que reciban en consignación vehículos automotores usados y los enajenen.

Se exceptúa la enajenación de vehículos de motor usados por la que se cause el Impuesto al Valor Agregado, así como las compras de vehículos efectuadas por empresas cuyo giro sea compraventa de vehículos automotores siempre que hayan sido adquiridos a personas físicas que no realicen actividades empresariales.

El Impuesto se calculará y pagará aplicando la tasa del 2.5% sobre el importe que resulte de aplicar al importe total consignado en la factura original que ampare la propiedad del vehículo de que se trate, incluyendo las contribuciones que se deban pagar con motivo de la importación, a excepción del impuesto al valor agregado, los factores que se señalan en la tabla siguiente:

  • Mismo año a que corresponda la Ley y año posterior siguiente: 0.800
  • Primer año anterior al de aplicación de la Ley: 0.750
  • Segundo año anterior al de aplicación de la Ley: 0.700
  • Tercer año anterior al de aplicación de la Ley: 0.650
  • Cuarto año anterior al de aplicación de la Ley: 0.600
  • Quinto año anterior al de aplicación de la Ley: 0.550
  • Sexto año anterior al de aplicación de la Ley: 0.500
  • Séptimo año anterior al de aplicación de la Ley: 0.450
  • Octavo año anterior al de aplicación de la Ley: 0.400
  • Noveno año anterior al de aplicación de la Ley: 0.350

Impuesto sobre servicios de hospedaje

Se encuentran obligados al pago del Impuesto sobre Servicios de Hospedaje, las personas físicas o morales que a cambio de una contraprestación en dinero, presten dentro del territorio del Estado de Michoacán, los servicios turísticos de alojamiento o albergue en hoteles, moteles, posadas, mesones, hosterías, campamentos, villas, cabañas, bungalows, casas de huéspedes, haciendas o en cualquier otro establecimiento similar, independientemente de su denominación.

El Impuesto sobre Servicios de Hospedaje se calculará aplicando la tasa del 2% al importe de la contraprestación que se obtenga por los servicios a que se refiere el artículo anterior.

En ningún caso se considerará que el Impuesto al Valor Agregado forma parte de la base de este impuesto.

Impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo personal, prestado bajo la dirección y dependencia de un patrón

Dado que este impuesto es muy buscado, hemos creado una página particular donde explicamos el Impuesto sobre Nómina particularmente.

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