ISR sobre Finiquito e Indemnizaciones

finiquito

Las relaciones profesionales y laborales tienen un fin, y esto genera siempre obligaciones y derechos para ambas partes.

Existen, como se dice, dos maneras de identificar la conclusión de un vínculo laboral, a saber:

  1. Finiquito
  2. Indemnización laboral (liquidación)

Pero lo que debemos saber y tener en claro es que la Ley Federal del Trabajo no indica el significado de dichos términos, así que valgámonos por nuestros propios medios. El finiquito es, según el diccionario de la Real Academia Española acabar con el caudal o con otra cosa y por su parte, indemnización es la acción y efecto de indemnizar. Resarcir de un daño o perjuicio.

Como vemos, no son sinónimos y por ello para efectuar el cálculo del ISR correspondiente a este tipo de pagos, se deben considerar cuatro aspectos esenciales:

Exenciones de ISR sobre Finiquito

Aquí debemos leer cómo aplica el ISR sobre el finiquito o indemnizaciones yéndonos al artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), donde expresa que existen las siguientes exenciones:

  • Prima vacacional: exención 15 días de Unidad de Medida y Actualización (UMA)
  • Aguinaldo: 30 días de UMA
  • Prima de antigüedad – Indemnización (tres meses y, en su caso, 20 días por año) u otros pagos por separación: 90 veces la UMA por cada año de servicios

Retención del ISR sobre Finiquito

Otro punto interesante es que tras reducir la parte exenta del finiquito o indemnización laboral, se deberá efectuar una retención al trabajador, la cual tendrá el carácter de pago provisional. La misma dependerá de:

Ingreso gravado se le aplicará directamente la tarifa del artículo 96 de la LISR para el caso del finiquito. En el caso de la indemnización laboral, al ingreso gravado se le aplicará la siguiente mecánica (artículo 96, sexto párrafo, de la LISR):

Ingreso total gravado por prima de antigüedad, indemnización u otros pagos por separación

  • (×) Tasa
  • (=) ISR a retener por prima de antigüedad, indemnización u otros pagos por separación

Donde:

ISR del último sueldo mensual ordinario (artículo 96 de la LISR)

  • (÷) Último sueldo mensual ordinario
  • (=) Proporción
  • (×) Constante 100
  • (=) tasa

ISR del ejercicio

Como ya sabemos, el cálculo de ISR se hace normalmente cuando se obtengan ingresos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación según el artículo 95 de la ley.

Para calcular su Finiquito use la siguiente calculadora

Para calcular su ISR utilice la siguiente calculadora

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