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Impuesto del IDE

impuesto ide

El impuesto IDE es conocido como el Impuesto a los Depósitos en Efectivo. Lógicamente, grava a aquellos depósitos en efectivo, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos cuyo monto en el mes exceda de $15,000 pesos (vigencia a partir del 1 de enero de 2010, anteriormente eran montos superiores a los $25.000). La tasa a aplicar es del 3% sobre el excedente de mencionado monto al mes.

Para determinar la base imponible, se debe realizar la suma del acumulado de todos los depósitos en efectivo que recibe un contribuyente en todas las cuentas en las cuales sea titular de una misma institución.

Una vez realizada la suma, si la cantidad de depósitos dentro del mes de que se trate, excede $15,000, ese excedente causará la imposición del impuesto sobre los depósitos en efectivo.

Asimismo, para los caso de Tarjetas de Crédito se recaudará sólo cuando exista saldo a favor generado por depósitos en efectivo. Quedan alcanzadas todas las personas físicas o morales que efectúen depósitos en efectivo en cuentas abiertas a su nombre.

Cálculo del IDE

EL IDE es igual al 3% del excedente del monto exento del pago del impuesto.

Ejemplo:

  • Suma de depósitos mensuales:  $30.000
  • Monto Exento: $15.000
  • Excedente: $15.000
  • Tasa: 3%
  • IDE a pagar: Excedente x Tasa / $15.000 x 3% = $450.-

¿Cómo se paga?

El impuesto se recauda por las instituciones del sistema financiero en las que se tengan abiertas las cuentas de los contribuyentes. Si no existen los fondos suficientes para hacer la recaudación del impuesto, las instituciones financieras están obligadas a recaudar en el momento en que se realice algún depósito durante el año en cualquiera de las cuentas que tenga el contribuyente.

Están obligados al pago todas las personas físicas y morales por el importe excedente de 15,000 pesos en los depósitos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta abierta a su nombre en las instituciones del sistema financiero.

Asimismo, estarán obligadas todas las personas físicas y las morales que adquieran cheques de caja en efectivo sin importar el monto.

No están obligadas al pago:

  • La Federación, entidades federativas y municipios
  • Las entidades de la administración pública paraestatal que estén consideradas como no contribuyentes del impuesto sobre la renta
  • Las personas morales con fines no lucrativos conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta
  • Las instituciones del sistema financiero por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias con motivo de su intermediación financiera o de la compraventa de moneda extranjera, salvo los que se realicen en las cuentas concentradoras.

La recaudación se realizará el último día del mes de que se trate, salvo en depósitos plazo cuyo monto individual exceda de 15,000 pesos, los que se deben recaudar en el momento en que se realicen dichos depósitos.

Sin embargo, existen algunos depósitos sobre los que no se paga el IDE:

  • Los de transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito (cheques, pagarés) o cualquier otro documento o sistema pactado con las instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.
  • Depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas hasta por un monto que no exceda de 15,000 pesos en cada mes de calendario.
  • Los pagos efectuados que no sean en efectivo, sino a través de depósitos por traspaso o transferencias electrónicas, aun cuando éstos sean mayores de 15,000 pesos.
  • Por las transferencias electrónicas de fondos que hacen los residentes en el extranjero, ya que no se considera un depósito en efectivo.

Debajo podrá ver un video sobre cómo calcular el IDE y tendrá la opción de descargar el archivo aquí:


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69 Comentarios

  1. Dejen de quejarse, ustedes como comerciantes no pagan los impuestos que uno como asalariado si los paga, así que es justo que ustedes también contribuyan al gasto de la nación, ya basta de que los asalariados estemos aportando y el comercio se haga de la vista gorda, buena iniciativa del gobierno federal.

  2. SI a los impuestos como en USA… pero no a la bola de enredos que sacan los politicos ignorantes PARA RECAUDARLOS . las declaraciones anuales ni los mismos contadores muchas veses saben com se calculan si lo hisieran sencillo como en USA un impuesto generalisado como la tax. seria mas facil. si ENCABRONA que mientras cumples con todos y cada uno de sus parches fiscales ahora no solo se lo rovan sino tienes que cuidarte hasta del mismo gobierno y autoridades coruptas porque si denuncias un delito,.no ganaras nada, pero si te sacas premio hasta te pueden mochar la cabeza.. por eso no comparen a los politicos de USA con las mierdas que tenemos aqui alla si tienen que travajar por su paiz si no; no ganan. y aqui ganan con una en sartas de mentiras que no cumplen y no pasa nada nada ,nada ,,,,ha al asalariado ciudadano pagador de impuestos, no tienes ni la minima idea cuanto te chingas como comerciante independiente , o ganadero o agricultor, de los que sea, que brinde empleo solo con el imss, sat,conciliacion,uso de suelo,uso de piso sindicatos infinavit,secretaria de salud ,secretaria del consumidor ,aduanas ,y otras monsergas quedarias acalambrado si contar que cada travajador que tuvieras empleado lo tines que adoptar y amar mas que a tus hijos porque si algo no le gusta ,,,,te demanda y te deja en la nalga … ha y aparte de todo cuidate tambien de las extorciones ademas de los x.y.ZZZZZZ

  3. alguien me puede apoyar aporte de este impuesto mensual tambien esta llegando un requerimiento de pago del sat anual por los depositos en efectivo y es mas del 3%

  4. BOLA DE IGNORANTES, SOLO VEO QUEJAS Y QUEJAS, NO QUIEREN PAGAR IMPUESTOS PERO SI EXIGEN CARRETERAS, AGUA, LUZ, ETC ETC, SI QUIEREN RECUPERAR SU IDE PUES DECLAREN SUS IMPUESTOS, POR GENTE COMO USTEDES ESTA NUESTRO PAIS MAL, SOLO SE QUEJAN Y NO HACEN NADA SOLO BUSCAN COMO EVADIR AL FISCO. RECUERDA QUE USAS LA CARRETERA PARA TU NEGOCIO, TAMBIEN LA LUZ, EL AGUA Y LOS SERVICIOS PUBLICOS ¿CREES QUE SON GRATIS? PUES NO SALE DE NUESTROS IMPUESTOS, PAGUEN LO QUE LES CORRESPONDE POR SUS GANANCIAS NO IMPORTA SI VENDEN PUERCOS O TIENEN UN NEGOCIO PAGUEN.

  5. Estoy interesada en saber si me cobrarían este impuesto en mi caso. Quiero cobrar con tarjeta y en la institucion me dicen que ellos cobran los cargos al banco y el banco me TRANSFIERE el dinero a mi cuenta clabe. Podria tener cargos del IDE por esto, si rebaso los 15,000 ?

  6. Nicolas Rombiola

    Si, podrías tener cargos porque no depende de quien haga la operación sino de tu saldo a fin de mes.

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