Al igual que veníamos haciéndolo días pasados, queremos recordar que hay impuestos que tienen un alcance más global o general, como son los impuestos federales. Asimismo, encontramos algunos con un alcance más acotado como son los impuestos municipales, y otros puntuales de cada estado, como son los impuestos estatales.
En este caso, damos por comenzada una introducción simple y básica a cada uno de los impuestos estatales, y para ello, iniciamos con los que responden al Estado de Baja California. En este sentido, será menester hablar de los siguientes impuestos:
- Impuesto sobre actividades mercantiles e industriales
- Impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal
- Impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos
- Impuesto sobre compraventa y operaciones similares
- Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y juegos permitidos
- Impuesto adicional por la educación media y superior
Para esta oportunidad, será el Impuesto adicional por la educación media y superior sobre el cual tendremos interés de hablar. En este caso, el Impuesto adicional por la educación media y superior, se causa conforme a las siguientes:
Son objeto del Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior, los impuestos y derechos que se causen conforme a las leyes fiscales del Estado. No se pagará el Impuesto cuando se origine de aquellos que se encuentren suspendidos. En todo caso, la base gravable de este impuesto será el importe de los impuestos y derechos que se causen.
No causarán este Impuesto:
- Los derechos de registro de escrituras relativas a créditos hipotecarios, refaccionarios o de habilitación o avío, destinados a actividades agropecuarias;
- El Impuesto sobre compraventa de algodón
- Los Impuestos a cargo de los Ejidatarios
- El Impuesto sobre venta de primera mano de gasolina y derivados del petróleo destinados al consumo del Estado
- El Impuesto sobre hospedaje
- El Impuesto sobre actividades mercantiles e industriales sólo por lo que se declare exento
- Los derechos que se causen por los servicios prestados por los Organismos Descentralizados del Estado respecto de los cuales se pague el Impuesto al Valor Agregado
- El Impuesto Sobre Profesiones y Ejercicios Lucrativos
Fuente: Código Fiscal Baja California
Los Impuestos








