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	<title>Los Impuestos</title>
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		<title>Posible disminución en el IVA</title>
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		<pubDate>Tue, 07 Sep 2010 03:46:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Nicolas Rombiola</dc:creator>
				<category><![CDATA[IVA]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Disminucion Impuestos]]></category>

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		<description><![CDATA[
Desde el PRI por medio de la Cámara de Diputados se apuntará al presidente Felipe Calderón para indicarle un supuesto, posible de inclusión en el Presupuesto Federal 2011, donde se habla de una disminución del 16 al 15% en la tasa del IVA. 
De esta manera, se buscará que la Ley de Ingresos y un [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="aligncenter" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/iva-300x148.jpg" alt="" width="300" height="148" /></p>
<p>Desde el PRI por medio de la Cámara de Diputados se apuntará al presidente Felipe Calderón para indicarle un supuesto, posible de inclusión en el Presupuesto Federal 2011, donde<strong> se habla de una disminución del 16 al 15% en la <a href="http://losimpuestos.com.mx/tasas-de-iva">tasa del IVA</a>. </strong></p>
<p>De esta manera, se buscará que la <strong>Ley de Ingresos y un Proyecto de Presupuesto de Egresos </strong>garantice el crecimiento económico, que impida el uso electoral de los programas sociales, que recorte el gasto corriente y que no contenga más impuestos.</p>
<p><strong>El PRI dio a conocer 5 peticiones para el año próximo, que detallamos a continuación:</strong></p>
<ol>
<li>&#8220;Presupuesto para crecer&#8221;, que tenga como prioridades la inversión en infraestructura, seguridad pública, educación y salud.</li>
<li>&#8220;Presupuesto sin simulaciones&#8221;, que contenga reglas sencillas y eficaces para el ejercicio del gasto público federal.</li>
<li>&#8220;Cifras realistas&#8221;, para evitar que errores en la estimación de los ingresos afecten a todo el país.</li>
<li>&#8220;No más <a href="http://losimpuestos.com.mx/impuestos-mexico/">impuestos</a> y reducción del IVA&#8221; para que se impulse el mercado interno y el bienestar de la población.</li>
<li>“Austeridad”, el manejo de la hacienda pública debe ser responsable y equilibrado.</li>
</ol>
<p><em>Es por todo esto que la reducción en ingresos en vista a una <a href="http://losimpuestos.com.mx/%c2%bfaumento-del-iva/">disminución del IVA</a>, debe ser compensado por un recorte importante del gasto corriente del gobierno federal, el cual se encontró en crecimiento los últimos años, injustificadamente.</em></p>
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		<title>Gastos deducibles</title>
		<link>http://losimpuestos.com.mx/gastos-deducibles/</link>
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		<pubDate>Mon, 06 Sep 2010 16:42:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Nicolas Rombiola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Calcular impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[Guía Impositiva]]></category>
		<category><![CDATA[Deducción de Impuestos]]></category>
		<category><![CDATA[Deducción de ISR]]></category>
		<category><![CDATA[Gastos Deducibles]]></category>

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		<description><![CDATA[
Los gastos deducibles son denominados de esta manera ya que se pueden descontar fiscalmente. Es decir que, pueden ser tenidos en cuenta para la determinación del resultado impositivo final.
Como todos sabemos, el resultado tributario se obtiene conciliando el resultado contable antes de impuestos mediante la aplicación de las normas tributarias. El resultado contable será aumentado [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="aligncenter" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/deduccion-isr.jpg" alt="" width="240" height="180" /></p>
<p><strong>Los gastos deducibles son denominados de esta manera ya que se pueden <a href="http://losimpuestos.com.mx/deduccion-seguro-de-vida-del-isr/">descontar fiscalmente</a>.</strong> Es decir que, pueden ser tenidos en cuenta para la determinación del resultado impositivo final.</p>
<p>Como todos sabemos, el resultado tributario se obtiene conciliando el resultado contable antes de impuestos mediante la aplicación de las normas tributarias. El resultado contable será aumentado o disminuido con otros conceptos para obtener el resultado fiscal o tributario. Es por esto que es necesario conocer qué gastos podemos deducir, y cuales son <a href="http://losimpuestos.com.mx/gastos-no-deducibles/">gastos no deducibles</a>.</p>
<p><strong>A continuación, presentamos los gastos deducibles con una breve explicación en cada uno de ellos:</strong></p>
<ul>
<li><strong><a href="http://losimpuestos.com.mx/deduccion-seguro-de-vida-del-isr/">Primas por seguros</a> de gastos médicos:</strong> las primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud, siempre que el beneficiario sea el propio contribuyente, su cónyuge, padres e hijos; podrán ser deducidas.</li>
<li><strong>Honorarios médicos</strong>: honorarios médicos y dentales, incluyendo gastos hospitalarios podrán ser deducidos (bajo algunos requisitos de montos totales).</li>
<li><strong>Transportación escolar</strong>: gastos destinados a la transportación escolar de sus hijos podrán deducirse siempre y cuando la escuela obligue a todos sus alumnos a pagar este servicio.</li>
<li><a href="http://losimpuestos.com.mx/deducir-gastos-funerarios/"><strong>Gastos funerarios</strong></a>: son gastos que se pueden deducir siempre y cuando no excedan del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente durante un año.</li>
<li><strong>Donativos</strong>: todo donativo podrá ser deducido siempre que las entidades a las que se va a donar el dinero estén incluidas en la lista de las personas autorizadas para recibir donativos.</li>
<li><strong><a href="http://tiie.com.mx/tasa-de-interes">Intereses</a> reales por <a href="http://creditohipotecarios.com.mx/">créditos hipotecarios</a></strong>: Aquí sólo se podrán deducir los intereses reales devengados a partir del 1 de enero del año calendario anterior al de pago. El crédito debe ser con instituciones integrantes del sistema financiero, y siempre que no exceda de un millón 500 mil unidades de inversión (Udis).</li>
<li><strong>Aportaciones complementarias a tu <a href="http://www.laeconomia.com.mx/afore-infonavit/">Afore</a></strong>: todas las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias podrán descontarse en la <a href="http://losimpuestos.com.mx/ley-isr/">declaración del ISR</a>. Cabe mencionar que el monto de esta deducción será como máximo de 10% de los ingresos acumulables en el ejercicio.</li>
</ul>
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		<title>Disminuye evasion impositiva</title>
		<link>http://losimpuestos.com.mx/disminuye-evasion-impositiva/</link>
		<comments>http://losimpuestos.com.mx/disminuye-evasion-impositiva/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 05 Sep 2010 02:14:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Nicolas Rombiola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[SAT]]></category>
		<category><![CDATA[Evasion]]></category>

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		<description><![CDATA[
Según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se evaden impuestos por medio de facturas falsas, sumando un total de 38,000 millones de pesos.
El SAT informó que en los actos de auditorías se ha logrado recuperar el monto generado ese tipo de fraudes con facturas apócrifas.
Asimism, la tasa de evasión en México ha disminuido, más que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="size-medium wp-image-396 aligncenter" title="0241503" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/0241503-300x166.jpg" alt="0241503" width="300" height="166" /></p>
<p><strong>Según el Servicio de Administración Tributaria (<a href="http://www.sat.gob.mx/">SAT</a>), se evaden impuestos por medio de facturas falsas, sumando un total de 38,000 millones de pesos.</strong></p>
<p>El SAT informó que en los actos de auditorías se ha logrado recuperar el monto generado ese tipo de fraudes con facturas apócrifas.</p>
<p>Asimism, <strong>la tasa de evasión en México ha disminuido, más que nada en lo que respecta al <a href="http://losimpuestos.com.mx/impuesto-isr/">impuesto sobre la renta</a></strong>, debido precisamente al uso de herramientas tecnológicas como las facturas electrónicas.</p>
<p>Los mecanismos de <a href="http://losimpuestos.com.mx/category/impuestos-2011/">comprobación fiscal se aplicarán a partir del 1 de enero del 2011</a>, ayudarán a mantener y mejorar a los medios electrónicos en la administración tributaria, afirmó el SAT.</p>
<p>Con la facturación electrónica se genera una mayor seguridad jurídica, lo que dificulta la generación de comprobantes apócrifos que afectan la economía formal, por lo que su uso disminuye los riesgos de fraude y evasión fiscal.</p>
<p>Con la <strong><a href="http://losimpuestos.com.mx/emitir-facturas-electronicas/">obligatoriedad de la factura digital</a> para los contribuyentes con ingresos acumulables a los cuatro millones de pesos,</strong> se logará una menor tasa de evasión de los impuestos.</p>
<p>Asimismo,<strong> la opción para seguir usando el papel sólo en montos inferiores a los 2,000 pesos</strong>, dejará de lado muchos vestigios que se superan con elementos de seguridad como el código de barras y la <a href="http://losimpuestos.com.mx/Firma-Electronica-Avanzada-fiel">firma electrónica avanzada</a>.</p>
<p>Debido a que actualmente esta herramienta es opcional para cualquier contribuyente, se respetarán los modelos vigentes hasta el primer semestre de 2010.</p>
<p>Actualmente, se han expedido más de 849 millones de facturas electrónicas, de las cuales cerca de 565 se han emitido en lo que va del 2010.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>FinancialRed México en Facebook</title>
		<link>http://losimpuestos.com.mx/financialred-mexico-en-facebook/</link>
		<comments>http://losimpuestos.com.mx/financialred-mexico-en-facebook/#comments</comments>
		<pubDate>Sat, 04 Sep 2010 22:10:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Matias Torres</dc:creator>
				<category><![CDATA[Facebook]]></category>
		<category><![CDATA[Redes sociales]]></category>

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		<description><![CDATA[
A los usuarios de las redes sociales que nos siguen a diario les queremos comentar, que además de nuestra cuenta en Twitter, ahora tenemos un lugar en Facebook donde pueden seguirnos para mantenerse informado sobre lo que ocurre en materia impositiva en México.
El avance de las nuevas tecnologías y la masificación de las redes sociales han llevado a los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img title="logoFinancial" src="http://www.laeconomia.com.mx/wp-content/uploads/logoFinancial.jpg" alt="logoFinancial" width="208" height="52" /><img title="facebook" src="http://www.laeconomia.com.mx/wp-content/uploads/facebook.jpg" alt="facebook" width="152" height="51" /></p>
<p>A los usuarios de las redes sociales que nos siguen a diario les queremos comentar, que además de <strong><a href="http://twitter.com/FinancialredMex">nuestra cuenta en Twitter</a></strong>, ahora <strong><a href="http://es-es.facebook.com/people/FinancialRed-Mexico/100001327231366">tenemos un lugar en Facebook</a></strong> donde pueden seguirnos para<strong> mantenerse informado sobre lo que ocurre en materia impositiva en México</strong>.</p>
<p>El avance de las nuevas tecnologías y la masificación de las redes sociales han llevado a los medios de comunicación a buscar este tipo de canales para llegar a sus lectores.</p>
<p>Es por eso, que <strong>FinancialRed México ya está en Facebook</strong> para poder informar a nuestros seguidores de todo lo que ocurre en el mundo de las finanzas y la economía con acceso a las últimas noticias sobre:</p>
<ul>
<li><a href="http://cuentasdeahorro.com.mx/">cuentas</a></li>
<li><a href="http://segurosyauto.com.mx/">seguros</a></li>
<li><a href="http://www.losprestamospersonales.com.mx/">préstamos</a></li>
<li><a href="http://creditohipotecarios.com.mx/">créditos hipotecarios</a></li>
<li><a href="http://elinpc.com.mx/">inflación</a></li>
<li><a href="http://tiie.com.mx/">tasas de interés</a></li>
<li><a href="http://bolsamexicanadevalores.com.mx/">bolsa</a></li>
<li><a href="http://losimpuestos.com.mx/">impuestos</a></li>
<li><a href="http://www.cambiopesodolar.com.mx/">dólar</a></li>
<li><a href="http://www.laeconomia.com.mx/">economía</a></li>
</ul>
<p><strong><a href="http://financialred.com/">FinancialRed</a></strong> sigue avanzando en todo el mundo y busca día a día llegar a sus millones de lectores a través de los más modernos canales de comunicación.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Pension IMSS</title>
		<link>http://losimpuestos.com.mx/pension-imss/</link>
		<comments>http://losimpuestos.com.mx/pension-imss/#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 03 Sep 2010 15:48:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Nicolas Rombiola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Guía Impositiva]]></category>
		<category><![CDATA[Conceptos]]></category>
		<category><![CDATA[IMSS]]></category>
		<category><![CDATA[Jubilación]]></category>
		<category><![CDATA[Pensiones]]></category>

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		<description><![CDATA[
La Seguridad Social es la encargada de la organización y administración de los beneficios sociales, y es controlada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Pensión IMSS
La pensión es una prestación económica que se te otorgará como trabajador asegurado o a sus beneficiarios cuando cumpla las condiciones para solicitarla:

Incapacidad Permanente
Invalidez
Cesantía en edad avanzada
Vejez
Retiro
Viudez
Orfandad
Ascendientes

La seguridad social, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: center"><strong><img class="size-full wp-image-389 aligncenter" title="imss" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/imss.jpg" alt="imss" width="203" height="241" /></strong></p>
<p><strong>La Seguridad Social es la encargada de la organización y administración de los beneficios sociales,</strong> y es controlada por el <a href="http://www.imss.gob.mx">Instituto Mexicano del Seguro Social</a> (IMSS).</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">Pensión IMSS</span></strong></p>
<p>La <a href="http://www.laeconomia.com.mx/pensiones-del-estado/">pensión</a> es una prestación económica que se te otorgará como trabajador asegurado o a sus beneficiarios cuando cumpla las condiciones para solicitarla:</p>
<ul>
<li>Incapacidad Permanente</li>
<li>Invalidez</li>
<li>Cesantía en edad avanzada</li>
<li>Vejez</li>
<li>Retiro</li>
<li>Viudez</li>
<li>Orfandad</li>
<li>Ascendientes</li>
</ul>
<p>La seguridad social, además de alcanzar la salud, se encarga de asentar nuestro seguro de retiro. Este es el seguro mediante el cual el trabajador cotiza y ahorra para la vejez.</p>
<p><strong>Las pensiones de retiro son uno de los beneficios más importantes</strong> ofrecidos por la seguridad social a la población en edades avanzadas.</p>
<p>Con este, se cubren los riesgos de retiro, la cesantía en edad avanzada, así como la muerte de los pensionados. Si se contrata este <a href="http://segurosyauto.com.mx/">seguro</a>, el trabajador tiene derecho a una pensión, asistencia médica y beneficios a familiares directos.</p>
<p><em>El ejemplo típico es una persona que se pensionaría a los 60 años y tiene 1734 semanas cotizadas y su salario promedio es de $121.31. A éste, le correspondería una pensión aproximada de $2,773.49 mensuales.</em></p>
<p><strong><em><span style="text-decoration: underline;">¿Cuál es la edad de retiro?</span></em></strong></p>
<p>La edad de retiro depende del plan básico de derecho:</p>
<ol>
<li>El programa de retiro por edad avanzada: 65 años.</li>
<li>El programa de <a href="http://segurosyauto.com.mx/category/tipo-de-seguro/seguro-de-proteccion-de-ingresos/">seguro de retiro</a> voluntario: 60 años.</li>
<li>Programa de seguro de retiro: antes de los 60 ó 65 años</li>
</ol>
<p>Si nos retiramos previa a la edad establecida por la <a href="http://www.laeconomia.com.mx/ley-del-seguro-social/">ley</a>,<strong> no obtendremos la totalidad de la pensión</strong>, lo siguiente detalla lo mismo:</p>
<ul>
<li>60 años 75% de la Pensión</li>
<li>61 años 80% de la Pensión</li>
<li>62 años 85% de la Pensión</li>
<li>63 años 90% de la Pensión</li>
<li>64 años 95% de la Pensión</li>
<li>65 años o más 100% de la Pensión</li>
</ul>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Calendario Fiscal Septiembre 2010</title>
		<link>http://losimpuestos.com.mx/calendario-fiscal-septiembre-2010/</link>
		<comments>http://losimpuestos.com.mx/calendario-fiscal-septiembre-2010/#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 31 Aug 2010 00:36:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Nicolas Rombiola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Calendario del SAT]]></category>
		<category><![CDATA[Calendario Fiscal Septiembre 2010]]></category>

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		<description><![CDATA[En esta ocasión estaremos actualizando el calendario fiscal   correspondiente al mes de Septiembre 2010.

A continuación detallamos los vencimientos más   importantes que tendrán lugar durante el mes de Septiembre 2010:

5 de Septiembre 2010

Comprobantes Fiscales Emitidos: fecha límite para     presentar el informe mensual con el RFC del contribuyente y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>En esta ocasión estaremos actualizando el calendario fiscal   correspondiente al mes de Septiembre 2010.</strong></p>
<p style="text-align: center;"><img class="alignnone" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/calendario-fiscal-mexico-290x300.gif" alt="" width="290" height="300" /></p>
<p>A continuación detallamos los<strong> </strong>vencimientos más   importantes que tendrán lugar durante el <strong>mes de Septiembre 2010:</strong><br />
<em><strong></strong></em></p>
<h3><em><strong>5 de Septiembre 2010</strong></em></h3>
<ul>
<li><strong>Comprobantes Fiscales Emitidos</strong>: fecha límite para     presentar el informe mensual con el RFC del contribuyente y número de     comprobantes fiscales digitales emitidos, activos y cancelados por   serie   en Agosto</li>
<li><strong>Archivo con los datos de los comprobantes fiscales   digitales:</strong> emitidos en Agosto de 2010</li>
</ul>
<h3><em><strong>10 de Septiembre 2010</strong></em></h3>
<ul>
<li><strong><a href="../impuesto-a-los-depositos-en-efectivo-ide/">Impuesto a los Depósitos en Efectivo</a> (IDE)</strong>: fecha   límite para presentar declaraciones informativas correspondientes al IDE</li>
</ul>
<h3><em><strong>17 d</strong><strong>e Septiembre 2010</strong></em></h3>
<ul>
<li><a href="../category/category/category/impuesto-isr/"><strong>Impuesto   sobre la Renta (ISR)</strong></a>: fecha límite para la presentación  de  pago provisional o mensual, correspondiente al mes de Agosto 2010</li>
<li><strong><a href="../ieps-impuesto/">Impuesto Especial sobre Producción y Servicios</a> (IEPS)</strong>:   fecha límite para el pago mensual definitivo</li>
<li><strong>Entero de impuestos retenidos a terceros: </strong>para   agentes de retención de ISR, IVA o IEPS</li>
<li><a href="../category/category/category/tasas-de-iva"><strong>Impuesto   al Valor Agregado (IVA)</strong></a>: fecha límite para la  presentación  de pago provisional o mensual, correspondiente al mes de Agsosto 2010</li>
<li><a href="../category/category/category/impuesto-ietu/"><strong>Impuesto   empresarial a tasa única (IETU)</strong></a>: fecha límite para la   presentación de pago provisional o mensual, correspondiente al mes de Agosto 2010</li>
</ul>
<p>Cabe mencionar que, estos impuestos irán venciendo a partir del día   17 según la numeración de RFC.</p>
<h3><strong><em>30 de Septiembre 2010</em></strong></h3>
<ul>
<li><strong>Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)</strong>:   fecha límite para la presentación de información sobre las operaciones   con sus proveedores</li>
</ul>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Dictamen fiscal 2009</title>
		<link>http://losimpuestos.com.mx/dictamen-fiscal-2009/</link>
		<comments>http://losimpuestos.com.mx/dictamen-fiscal-2009/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 29 Aug 2010 16:43:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Nicolas Rombiola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Guía Impositiva]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[SAT]]></category>
		<category><![CDATA[2009]]></category>
		<category><![CDATA[2010]]></category>
		<category><![CDATA[Calendario Fiscal Agosto 2010]]></category>
		<category><![CDATA[Dictamen Fiscal]]></category>

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		<description><![CDATA[
Estamos a poco tiempo del vencimiento de la presentación de los dictámenes fiscales del ejercicio 2009. Para ello, el SAT ha considerado conveniente otorgar facilidades a los contribuyentes para su presentación. El siguiente calendario le ayudará a saber el vencimiento:
Letras del RFC indica la fecha de envío del dictamen:

De la A a la F Del 19 [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: center"><img class="aligncenter" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/imageSAT.jpg" alt="" width="220" height="200" /></p>
<p>Estamos a poco tiempo del vencimiento de la<strong> presentación de los <a href="http://losimpuestos.com.mx/el-dictamen-fiscal/">dictámenes fiscales</a> del ejercicio 2009</strong>. Para ello, el <a href="http://www.sat.gob.mx/">SAT</a> ha considerado conveniente otorgar facilidades a los contribuyentes para su presentación. El <a href="http://losimpuestos.com.mx/calendario-fiscal-agosto-2010/">siguiente calendario</a> le ayudará a saber el vencimiento:</p>
<p><strong>Letras del RFC indica la fecha de envío del dictamen:</strong></p>
<ul>
<li>De la A a la F Del 19 al 23 de Agosto de 2010</li>
<li>De la G a la O Del 24 al 26 de Agosto de 2010</li>
<li>De la P a la Z y &amp; Del 27 al 31 de Agosto de 2010</li>
</ul>
<p>Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 6 de Septiembre de 2010.</p>
<p>Cabe recordar que, estarán <strong>obligadas todas las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que se encuentran en alguno de los siguientes casos:</strong></p>
<ul>
<li>Que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos superiores a $34,803,950.00.</li>
<li>Que el valor de su activo determinado en los términos de la <strong>Ley del Impuesto al Activo</strong> sea superior a $69,607,920.00.</li>
<li>Que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio anterior.</li>
<li>Que estén autorizadas para recibir donativos deducibles.</li>
<li>Que se fusionen, por el ejercicio en que ocurra dicho acto.</li>
<li>Incluyendo también a las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal.</li>
<li>Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que no estén obligadas, pueden optar por hacerlo.</li>
</ul>
<p>Para realizar el envío del Dictamen Fiscal, usted <strong>debe utilizar el sistema SIPRED</strong>. Éste es un programa diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet.</p>
<p>Se utiliza para apoyar al contribuyente en la <a href="http://losimpuestos.com.mx/declaracion-anual-de-impuestos-por-internet/">presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet</a> facilitando el cumplimiento oportuno de sus obligaciones fiscales.</p>
<p><strong>Para poder utilizarlo usted deberá contar con los siguientes requisitos:</strong></p>
<ul>
<li>Proveedor de Servicios de Internet (PSI), contar con correo electrónico (e-mail) y una PC compatible con <a href="http://www.laeconomia.com.mx/microsoft-windows-7/">Windows 7</a>,  XP o Vista.</li>
<li>Contar con el certificado de <a href="http://losimpuestos.com.mx/firma-electronica-avanzada-fiel/">firma electrónica avanzada</a> (Fiel).</li>
</ul>
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		<title>FinancialRed México en Twitter</title>
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		<pubDate>Fri, 27 Aug 2010 03:02:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Matias Torres</dc:creator>
				<category><![CDATA[Redes sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Twitter]]></category>
		<category><![CDATA[Financialred]]></category>

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		<description><![CDATA[
Si usted nos sigue diariamente y le interesa mantenerse informado sobre lo que ocurre en materia impositiva en México, les tenemos una buena noticia, ahora nos puede seguir en Twitter.
El avance de las nuevas tecnologías y la masificación de las redes sociales han llevado a los medios de comunicación a buscar este tipo de canales para [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="alignnone size-full wp-image-373" title="logoFinancial" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/logoFinancial1.jpg" alt="logoFinancial" width="208" height="52" /><img class="alignnone size-full wp-image-374" title="twitter_logo_header" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/twitter_logo_header.png" alt="twitter_logo_header" width="155" height="36" /></p>
<p>Si usted nos sigue diariamente y le interesa<strong> mantenerse informado sobre lo que ocurre en materia impositiva en México</strong>, les tenemos una buena noticia, ahora <strong>nos puede seguir en Twitter</strong>.</p>
<p>El avance de las nuevas tecnologías y la masificación de las redes sociales han llevado a los medios de comunicación a buscar este tipo de canales para llegar a sus lectores.</p>
<p>Es por eso, que <strong>FinancialRed México ya está en Twitter</strong> para poder informar a nuestros seguidores de todo lo que ocurre en el mundo de las finanzas y la economía.</p>
<p>Desde nuestra <strong>cuenta en Twitter</strong> <a href="http://twitter.com/FinancialredMex">http://twitter.com/FinancialredMex</a> tendrán acceso a las últimas noticias sobre productos financieros como:</p>
<ul>
<li><a href="http://cuentasdeahorro.com.mx/">cuentas</a></li>
<li><a href="http://segurosyauto.com.mx/">seguros</a></li>
<li><a href="http://www.losprestamospersonales.com.mx/">préstamos</a></li>
<li><a href="http://creditohipotecarios.com.mx/">créditos hipotecarios</a></li>
<li><a href="http://elinpc.com.mx/">inflación</a></li>
<li><a href="http://tiie.com.mx/">tasas de interés</a></li>
<li><a href="http://bolsamexicanadevalores.com.mx/">bolsa</a></li>
<li><a href="http://losimpuestos.com.mx/">impuestos</a></li>
<li><a href="http://www.cambiopesodolar.com.mx/">dólar</a></li>
<li><a href="http://www.laeconomia.com.mx/">economía</a></li>
</ul>
<p><strong><a href="http://financialred.com/">FinancialRed</a></strong> sigue avanzando en todo el mundo y busca día a día llegar a sus millones de lectores a través de los más modernos canales de comunicación.</p>
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		<title>Unificacion ISR IETU</title>
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		<pubDate>Thu, 26 Aug 2010 17:19:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Nicolas Rombiola</dc:creator>
				<category><![CDATA[IETU]]></category>
		<category><![CDATA[ISR]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[CCE]]></category>
		<category><![CDATA[Impuesto Empresarial a Tasa Única]]></category>
		<category><![CDATA[Impuesto sobre la Renta]]></category>

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		<description><![CDATA[
El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) evalúa la posibilidad de proponer adaptar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto Especial a Tasa Única (IETU) en un solo impuesto que grave la utilidad de las empresas y, no el flujo y las ventas.
La idea de la creación de un “nuevo impuesto simplificado”, sin nombre aún, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="TEXT-ALIGN: center"><strong><img class="size-medium wp-image-366 aligncenter" title="cce" src="http://losimpuestos.com.mx/wp-content/uploads/cce-300x300.jpg" alt="cce" width="300" height="300" /></strong></p>
<p><strong>El <a href="http://www.cce.org.mx">Consejo Coordinador Empresarial</a> (CCE) evalúa la posibilidad de proponer adaptar el <a href="http://losimpuestos.com.mx/impuesto-isr/">Impuesto Sobre la Renta</a> (ISR) y el <a href="http://losimpuestos.com.mx/el-ietu/">Impuesto Especial a Tasa Única</a> (IETU)</strong> en un solo impuesto que grave la utilidad de las empresas y, no el flujo y las ventas.</p>
<p>La idea de la creación de un “nuevo impuesto simplificado”, sin nombre aún, radica en la conformación de un gravamen que tenga la fortaleza para que el gobierno siga cobrando, pero que también el empresario tenga la claridad de cuánto va a pagar sobre sus utilidades.</p>
<p><strong>Por eso, es que se buscará la mejor solución tomando lo mejor del </strong><a href="http://losimpuestos.com.mx/impuesto-ietu/"><strong>IETU</strong></a><strong> y el </strong><a href="http://losimpuestos.com.mx/ley-isr/"><strong>ISR</strong></a><strong>, con el fin de no frenar la inversión productiva.</strong></p>
<p>La propuesta, según CCE, contendrá modificaciones no sustanciales, pero al menos sí cambian algunos requerimientos. Marco en el cual aún no hay intenciones de cambiar para los partidos políticos. Más que nada, no será tomar uno de los dos y descartar el otro, sino unificarlos de la mejor manera posible a pro del empresario y el gobierno.</p>
<p>Para cerrar, a modo de ejemplo, <strong>en el caso del <a href="http://losimpuestos.com.mx/category/impuestos/ietu/">IETU que grava el flujo de las empresas</a>, hace que éstas no tienen la capacidad financiera para tener el recurso</strong> cuando se necesita, por ende, una venta se la pueden tasar como una utilidad y ahí está el problema.</p>
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		<title>Limitacion venta de Antibioticos</title>
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		<pubDate>Thu, 26 Aug 2010 03:32:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Nicolas Rombiola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Antibióticos]]></category>
		<category><![CDATA[Fármacos]]></category>
		<category><![CDATA[Limitaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Medicamentos]]></category>
		<category><![CDATA[Medidas]]></category>

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		<description><![CDATA[
Se cumplen los tres meses de gracia otorgados a los propietarios de farmacias para la  implementación de los nuevos lineamientos para el expendio de antibióticos.
Los lineamientos preparados por las autoridades sanitarias mexicanas, se han aprobado el pasado 27 de mayo. En ellos se establece que para la venta de este tipo de medicamentos se deberá [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="aligncenter" src="http://t3.gstatic.com/images?q=tbn:-lqLtrxsZR-pnM:http://ecoshuacho.com/wp-content/uploads/2010/06/medicamentos.gif&amp;t=1" alt="" width="240" height="188" /></p>
<p><strong>Se cumplen los tres meses de gracia otorgados a los propietarios de farmacias para la  implementación de los nuevos lineamientos para el expendio de antibióticos.</strong></p>
<p>Los lineamientos preparados por las autoridades sanitarias mexicanas, se han aprobado el pasado 27 de mayo. En ellos se establece que para la venta de este tipo de <a href="http://www.laeconomia.com.mx/medicamentos-con-receta/">medicamentos se deberá presentar una receta</a> que lo prescriba. Así, se logrará reducir la venta indiscriminada de estos.</p>
<p>Además, se busca <strong>contrarrestar la alta tasa de resistencia microbiana que prevalece en nuestro país.</strong> Esto lleva a que los antibióticos vayan perdiendo su efectividad, debido a la fuerte prevalencia de la automedicación entre los mexicanos.</p>
<p>Según el doctor Alfredo Ponce de León, del <a href="http://www.laeconomia.com.mx/nuevas-carreras-tecnologicas/">Instituto de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán</a> “<em>El manejo racional de los medicamentos es fundamental, ya que el uso desmedido de antibióticos propicia resistencias microbianas que son fácilmente transmitidas, haciendo más difícil el tratamiento de los pacientes</em>”.</p>
<p>Al día de hoy,<strong> se calcula que 6 de cada 10 mexicanos poseen resistencia a la penicilina,</strong> y ya no les resulta un fármaco efectivo en el tratamiento de cuadros infecciosos diversos.</p>
<p>Para poder frenar la ola de ventas sin receta, existirán sanciones económicas para cualquiera de los cerca de 25,000 puntos de venta de medicamentos en el país que vendan antibióticos violando la limitación. Las mismas pueden ser de hasta 180,000 pesos e incluso la clausura en caso de reincidir.</p>
<p><strong>En datos numéricos:</strong></p>
<ul>
<li>900 millones de unidades de fármacos se comercializan en el país</li>
<li>40% de los reportes de reacciones adversas de medicamentos se atribuye al uso de antibióticos</li>
<li>70% de los pacientes con infecciones respiratorias y diarreicas agudas reciben recetas de antibióticos</li>
<li>60% de los mexicanos ha desarrollado resistencia a la penicilina</li>
<li>10,000 es el número de medicamentos registrados ante la Secretaría de Salud</li>
<li>6% de las ventas corresponde a antibióticos</li>
<li>Entre 40 y 60% de los antibióticos se <a href="http://www.laeconomia.com.mx/solo-medicinas-con-receta/">vende sin receta médica</a></li>
</ul>
<p><em>Esperamos que con esta nueva medida se logre radicar un mal tan grande como es la resistencia a los fármacos, cosa que traerá grandes problemas a las generaciones venideras.</em></p>
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