Factura Electronica para Pago en Parcialidades

Factura Electronica

Todas las personas físicas o morales deben acomodarse dentro de lo que es el sistema de Facturación Electrónica. Asimismo, aquellos profesionistas independientes que trabajan bajo el régimen de honorarios y los proveedores y emitan facturas según lo expuesto, deben acatar la conversión de su sistema.

Pero no todas son malas noticias, para que las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) puedan cumplir con el requisito del Servicio de Administración Tributaria (SAT), no será necesario la inversión en infraestructura de cómputo o software.

A continuación, los beneficios de la factura digital:

  • Reducción del costo por facturación hasta de 85%
  • Seguridad y rapidez en la emisión de los comprobantes
  • Simplificación de los procedimientos administrativos
  • Disminución del uso de papel, lo que contribuye a la preservación del medio ambiente
  • Mejora el servicio al cliente
  • Reduce costos y errores en el proceso de generación, captura, entrega y almacenamiento
  • Mayor control documental
  • La declaración de impuestos se hará con comprobantes fiscales digitales

¿Cómo emitir un CFDI para parcialidades?

Debes emitir una factura por el valor total de la operación y, además, expedir una factura por cada uno de los pagos que recibas posteriormente. En las facturas de cada parcialidad indica el folio, fecha y valor de la factura emitida por el total de la operación.

En resumen, como sabemos, la emisión de Facturas Electrónicas o Comprobantes Fiscales si deben realizarse con pago en parcialidades tienen como requisito la expedición de una Factura Electrónica por el valor total de la operación que se trate en el que se indicará expresamente tal situación.

Además, deberá expedir otra Factura Electrónica por cada parcialidad las cuales deberán cumplir con:

  • Número y fecha de la Factura Electrónica expedida por el valor total de la operación.
  • El importe total de la operación.
  • Monto de la parcialidad que ampara.
  • Monto de los impuestos retenidos, en su caso.
  • Monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa.

Vea los requisitos expresos en el Comprobante Fiscal:

  • Folio fiscal del comprobante origen, tratándose de pago en parcialidades
  • Serie del folio fiscal del comprobante origen, tratándose de pago en parcialidades
  • Fecha del folio fiscal del comprobante origen, tratándose de pago en parcialidades
  • Monto del comprobante expedido por el valor del total de la operación, tratándose de pago en parcialidades.

Requisitos técnicos de una factura electrónica o CFDI en Pago en Parcialidades:

  • formaDePago: Atributo requerido para precisar la forma de pago que aplica para este comprobante fiscal digital. Se utiliza para expresar Pago en una sola exhibición o número de parcialidad pagada contra el total de parcialidades, Parcialidad 1 de X.
  • FolioFiscalOrig: Atributo opcional para señalar el número de folio fiscal del comprobante que se hubiese expedido por el valor total del comprobante, tratándose del pago en parcialidades.
  • SerieFolioFiscalOrig: Atributo opcional para señalar la serie del folio del comprobante que se hubiese expedido por el valor total del comprobante, tratándose del pago en parcialidades.
  • FechaFolioFiscalOrig: Atributo opcional para señalar la fecha de expedición del comprobante que se hubiese emitido por el valor total del comprobante, tratándose del pago en parcialidades. Se expresa en la forma aaaa-mm-ddThh:mm:ss, de acuerdo con la especificación ISO 8601.
  • MontoFolioFiscalOrig: Atributo opcional para señalar el total del comprobante que se hubiese expedido por el valor total de la operación, tratándose del pago en parcialidades

Nueva medida instrumentada por el SAT

En la Tercera Resolución Miscelánea Fiscal se establecieron las siguientes medidas para facilitar la emisión de facturas en los casos de pagos en parcialidades o diferidos:

  • Emitir solamente una factura por el total de la operación.
  • Emitir un documento de pagos en dónde se detalla la cantidad que se paga e identifica la factura cuyo saldo liquida.
  • Cuando exista una factura por el total de la operación y esta tenga un documento de pagos, la factura no se podrá cancelar.

Estas facilidades entrarán en vigor 30 días después de la fecha publicación del documento digital de pagos en el portal de Internet.

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