Declaraciones Informativas de Personas Morales con Fines no Lucrativos

Se acerca el momento en que la gran mayoría de los contribuyentes tengan que realizar la presentación de declaraciones informativas ante el SAT. En este caso, vamos a hablar de las personas morales que se encuentre inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como “Personas morales con fines no lucrativos”.

Aunque no estén alcanzado por muchas medidas federales, dichas personas están obligadas a presentar declaraciones anuales de carácter informativo ante las autoridades fiscales.

Obligaciones de las Personas morales con fines no lucrativos

Como el resto de los contribuyentes, deben presentar a más tardar el 15 de febrero de 2017, mediante el Programa “Declaración Informativa Múltiple” (DIM), las siguientes declaraciones informativas:

  • Del subsidio para el empleo entregado a sus trabajadores durante el 2016
  • De pagos efectuados por sueldos y salarios durante el 2016
  • De pagos realizados a personas residentes en el extranjero durante el 2016
  • De las demás personas a quienes les hubieran efectuado pagos y retenciones del impuesto sobre la renta (ISR) y, en su caso del impuesto al valor agregado (IVA) durante el 2016
  • De las personas a las que les hayan otorgado donativos deducibles del ISR durante el 2016
  • De las inversiones que hayan realizado o que mantengan durante el 2016 en territorios con regímenes fiscales preferentes
  • También deben presentar información de las operaciones realizadas con sus clientes y proveedores durante el 2016, mediante el programa “Declaración Informativa por Medios Magnéticos” (DIMM)

Por otra parte, también deberán presentar vía “Documentos Electrónicos Múltiples” (DEM), mediante el formato electrónico 21, la, información sobre la determinación del remanente distribuible y la proporción que de dicho remanente corresponda a cada integrante.

Pasos para la presentación de declaraciones informativas

Como primer paso, deberá descargar el programa DIM y luego instalarlo en su equipo de cómputo. Acto seguido, debemos capturar los datos generales del declarante y la información solicitada en cada uno de los anexos que deba presentar, de acuerdo con las obligaciones fiscales a que esté sujeto.

Una vez capturada, se generará un archivo que debe enviar vía internet o por medios magnéticos, según corresponda conforme a lo siguiente:

  • Por medios magnéticos

Capturas de más de 1000 registros, ante cualquier ALSC, en unidad de memoria extraíble (USB) o en CD, los que les serán devueltos después de realizar las validaciones respectivas.

  • Por internet

Capturas de hasta 1000 registros por internet mediante el archivo que genera el programa DIM. Una vez enviada la información, el SAT remitirá al contribuyente el acuse de recibo electrónico.

¿Cuándo deben presentar declaración de pago de impuestos?

Este tipo de personas morales, que no tienen fin de lucro, deben presentar declaración anual de 2016 del ISR vía Internet a más tardar el 31 de marzo de 2017, siempre que realicen alguna de las siguientes actividades:

  • Cuando vendan bienes distintos de su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros, y los ingresos por estos conceptos excedan de 5% del total de sus ingresos en el 2016, deberán calcular el ISR que corresponda a la utilidad por los ingresos mencionados.
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