Cupos para la Importación de Juguetes

En la jornada de hoy la Secretaría de Economía (SE) ha emitido un acuerdo aplicable a la importación de juguetes que modifica los artículos relativos al cupo para importar juguetes, juegos, artículos para recreo y deporte, vigente a partir de este jueves 20 de diciembre.

De esta manera, según lo que se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la SE establece el cupo de importación que amplía el beneficio del arancel-cupo para otras mercancías de la industria del juguete, consistente en motivar la inversión.

Entonces, se establece la ampliación de este cupo para importar durante la vigencia del presente acuerdo juguetes, juegos, artículos para recreo y deporte.

Claramente, varía según la dependencia, y se emite frente a la ante la necesidad de otorgar al usuario del comercio exterior certidumbre jurídica en la aplicación de dicho acuerdo, por lo que es necesario adecuar las fracciones arancelarias impactadas.

En concreto, se han reformado los artículos Primero y Quinto del Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar juguetes.

En el artículo primero se establece un cupo para importar durante la vigencia del presente Acuerdo, juguetes, juegos, artículos para recreo y deporte, especificados en la tabla siguiente, con el arancel-cupo establecido en el artículo 5 del Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007 y modificado mediante diversos dados a conocer el 24 de diciembre de 2008, el 29 de junio de 2012 y el 23 de noviembre de 2012:

Fracción arancelariaDescripción
9503.00.01Triciclos o cochecitos de pedal o palanca.
9503.00.02Con ruedas, concebidos para que los conduzcan los niños, impulsados por ellos o porotra persona, o accionados por baterías recargables de hasta 12 v, excepto, en amboscasos, lo comprendido en la fracción 9503.00.01.
9503.00.03Los demás juguetes con ruedas concebidos para que los conduzcan los niños; coches y sillas de ruedas para muñecas o muñecos.
9503.00.04Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, incluso vestidos, quecontengan mecanismos operados eléctrica o electrónicamente, excepto lo comprendidoen la fracción 9503.00.05.
9503.00.05Muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, de altura inferior oigual a 30 cm, incluso vestidos, articulados o con mecanismos operados eléctrica oelectrónicamente.
9503.00.06Las demás muñecas y muñecos que representen solamente seres humanos, inclusovestidos, excepto lo comprendido en las fracciones 9503.00.04.y 9503.00.05.
9503.00.07Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios.
9503.00.08Juguetes terapéutico-pedagógicos, reconocibles como concebidos exclusivamente parausos clínicos, para corregir disfunciones psicomotrices o problemas de lento aprendizaje, en instituciones de educación especial o similares.
9503.00.09Modelos reducidos "a escala" para ensamblar, de madera de balsa.
9503.00.10Modelos reducidos "a escala" para ensamblar, incluso los que tengan componenteselectrónicos o eléctricos, excepto lo comprendido en la fracción 9503.00.07.
9503.00.11Juegos o surtidos de construcción; los demás juguetes de construcción.
9503.00.12Juguetes que representen animales o seres no humanos, rellenos.
9503.00.13Juguetes que representen animales o seres no humanos, sin rellenar, de papel o cartón.
9503.00.14Los demás juguetes que representen animales o seres no humanos, sin rellenar.
9503.00.15Instrumentos y aparatos, de música, de juguete.
9503.00.16Rompecabezas de papel o cartón.
9503.00.17Rompecabezas de materias distintas a papel o cartón.
9503.00.18Juegos o surtidos reconocibles como concebidos exclusivamente para que el niño o laniña, representen un personaje, profesión u oficio, excepto lo comprendido en la fracción9503.00.19.
9503.00.19Juegos que imiten preparaciones de belleza, de maquillaje o de manicura.
9503.00.20Juguetes y modelos, con motor, excepto lo comprendido en las fracciones 9503.00.02,9503.00.03, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.06, 9503.00.07, 9503.00.09, 9503.00.10,9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.14, 9503.00.15 y 9503.00.18.
9503.00.21Abacos.
9503.00.22Preparaciones de materias plásticas, o caucho, reconocibles como concebidas paraformar globos por insuflado.
9503.00.23Juguetes inflables, incluso las pelotas de juguete fabricadas exclusivamente de materias plásticas, excepto lo comprendido en la fracción 9503.00.22.
9503.00.24Juguetes destinados a niños de hasta 36 meses de edad, excepto lo comprendido en las fracciones 9503.00.01, 9503.00.02, 9503.00.03, 9503.00.04, 9503.00.05, 9503.00.06,9503.00.11, 9503.00.12, 9503.00.13, 9503.00.14, 9503.00.15, 9503.00.16, 9503.00.17 y9503.00.20.
9503.00.26Juguetes reconocibles como concebidos exclusivamente para lanzar agua, excepto loscomprendidos en la fracción 9503.00.25.
9503.00.36Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos de dos o más artículos diferentes acondicionados para su venta al por menor.
9503.00.99Los demás.
9504.30.99Los demás.
9504.40.01Naipes.
9504.90.01Pelotas de celuloide.
9504.90.02Bolas, excepto lo comprendido en la fracción 9504.90.01.
9504.90.04Autopistas eléctricas.
9504.90.99Los demás.
9505.90.99Los demás.
9506.59.99Las demás.
9506.62.01Inflables.
9506.69.99Los demás.
9506.70.01Patines para hielo y patines de ruedas, incluido el calzado con patines fijos.
9506.99.06Piscinas, incluso infantiles.
9506.99.99Los demás.

Las personas que se encuentren interesadas en esto, deberá presentar las solicitudes de asignación y expedición de manera simultánea en la ventanilla de atención al público de la representación federal de la Secretaría que les corresponda y deberán utilizar los formatos SE-03-011-1 “Solicitud de asignación de cupo” y SE-03-013-5 “Solicitud de certificados de cupo (obtenido por asignación directa)”, sin requisitar en este último el inciso 13) relativo al “Número de oficio de asignación de cupo”.

Los formatos se encuentran a disposición de los interesados en las representaciones federales de la Secretaría y en la página de Internet de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria www.cofemer.gob.mx.

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