¿Cómo contabilizar el pago de Dividendos?

Una temática que no queremos dejar de lado, es la explicación de cómo se deben contabilizar algunas operaciones clave, que se relacionan también con nuevas legislaciones y actualizaciones impositivas. En esta oportunidad veremos la forma de contabilizar el pago de dividendos sea a accionistas o socios.

Es importante indicar que nuestros lectores nos han consultado al respecto, haciendo hincapié en un supuesto de que el registro contable de una persona moral que paga el dividendos tendrá que hacerse con su salida de bancos y la contrapartida al capital. Y ahí radica la duda de muchos, al no saber en qué parte del capital colocarla ¿en resultado de ejercicios anteriores o una cuenta de dividendos que debo abrir en las cuentas de capital? ¿O es mucho más simple? Lo veremos debajo.

Contabilizar Dividendos

¿Qué necesitamos para contabilizar dividendos correctamente?

La parte de la contabilización no es únicamente registrar números basados en operaciones. Sino que, como éstas pueden ser ficticias, es necesario tener un soporte documental. Por esta razón, debemos conseguir un acuerdo protocolizado ante notario de que existe el decreto por los accionistas del reparto de dividendos. De otra forma no sería posible determinar cuánto, a quiénes le toca y en qué proporciones.

¿Cómo se contabilizan los dividendos?

Primer asiento

  • Utilidades Acumuladas (- Patrimonio Neto)
  • a Acreedores diversos (+ Pasivo)

Dado que el acta de asamblea debe indicar que se toman de las utilidades de ejercicios anteriores, se disminuyen las utilidades acumuladas.

Segundo asiento

  • Acreedores diversos (- Pasivo)
  • a Bancos (- Activo)

El primer asiento representa traspaso de un pasivo a otro pasivo. Aunque pensemos que las cuentas de capital no son pasivos, no es verdad, dado que el valor de deuda para los accionistas del valor de su empresa, por eso podemos agrupar todo en la misma bolsa.

Al momento de decretar dividendos, lo que se hace es cubrir una pequeña parte de ese valor de empresa. Es decir, cuando se decretan los dividendos, pasan a formar parte de un pasivo formalizado.

El segundo asiento es la cancelación del pasivo, mediante una de las formas de extinguirse de las obligaciones: pago.

Recuerde que los dividendos están alcanzados por el ISR.

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