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Impuestos México. Archivos de la categoría ‘Impuestos México’

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Incentivos fiscales

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Según ProMéxico, Zacatecas es la entidad de la República que más incentivos fiscales ha otorgado a las empresas en vistas a atraer inversiones productivas.

Este organismo ha realizado un análisis de 22 diferentes tipos de incentivos empresariales operados por las entidades y relevó que Zacatecas fue la única que ofrece la totalidad.

De los incentivos relucen los siguientes:

  • Impuestos y derechos estatales
  • Impuesto Sobre Nóminas para empresas de nueva creación
  • Derecho del Registro Público de la Propiedad y el Comercio
  • Pago de la Licencia de uso de suelo
  • Impuesto Sobre Tenencia
  • Pago de licencia de construcción
  • Impuesto de traslado de dominio
  • Costo de avalúo de bienes inmuebles
  • Impuesto sobre registro y expedición de placas, calcomanía y tarjeta de circulación de vehículo estatal

Luego del análisis el panorama de incentivos fiscales en México quedó ordenado con la siguiente seguidilla de entidades:

  1. Zacatecas, 22 incentivos
  2. Coahuila, 18 incentivos
  3. Colima, 18 diferentes
  4. Baja California, 16 incentivos
  5. Durango, 15 incentivos
  6. Hidalgo, 15 incentivos
  7. Chihuahua, 14 incentivos
  8. Nuevo León, 14 incentivos

Asimismo, algunas entidades tales como Jalisco y el Distrito Federal, aún no han presentado información a ProMéxico.

Estos resultados son parte del portal llamado “Mexico Investment Map”, donde se muestran las fortalezas de algunos de los sectores económicos con mayores oportunidades.

Deducción de impuestos – PROFEPA

Profepa

Si quieres reducir los montos de pago de tus impuestos, y eres dueño de una Pyme, puede hacerlo regulando los procesos productivos de tu organización haciéndolos amigables con el medioambiente y certificándola en Industria Limpia por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

El incentivo fiscal tendrá aplicabilidad en Nuevo León, Guadalajara y el Valle de México. Es decir que, las empresas allí ubicadas que cuenten con su certificación podrán deducir sus impuestos.

Desde la creación del programa más de 6,500 empresas se han incorporado: 1,901 tienen certificado vigente y 4,000 están en proceso.

Otros beneficios de la certificación:

  • Cumplimiento norma ambiental
  • Empresa socialmente responsable
  • Sustentable y redituable
  • Competitiva a nivel mundial

Pasos de certificación:

  1. Realizar auditoría ambiental y llevar a cabo las acciones correctivas plasmadas en un Plan de Acción.
  2. Cumplidas las acciones del Plan, se debe verificar que la empresa es candidata a certificarse ambientalmente.

En el caso de ser satisfactorio sin tener que realizar correcciones, puede certificarse en un periodo de entre cinco y nueve meses. En el caso de realizar un Plan, se tarda hasta tres años.

Es importante que primero acuda a las instalaciones de la Delegación Federal de la Profepa y entregue un plan de auditoría realizado por un auditor ambiental al siguiente correo: auditoria_ambiental@profepa.gob.mx o en las oficinas de la dependencia.

Presentar declaracion anual de impuestos

Hoy, 31 de marzo, es el plazo máximo que ofrece el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que las personas morales presenten su declaración anual de impuestos.

A continuación le detallamos los pasos simples para realizar su presentación anual de impuestos

Es importante que, los que deban realizar esta presentación descarguen e instalen la versión 2010 del programa DEM, que se encuentra disponible en la Web del SAT (www.sat.gob.mx). A partir de éste, deberán capturar su información de acuerdo a los anexos que correspondan, generar y enviar el archivo de la declaración anual.

Asimismo, para la presentación y envío por Internet de la declaración anual, las personas morales deberán utilizar la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

En el caso que se posea un impuesto a pagar, o cubrir, el pago se realizará vía Internet a través del portal de cualquier banco autorizado.

Para los casos que el impuesto resulte a favor del contribuyente, y no tenga que abonar nada, el trámite concluirá con la presentación de la declaración anual y se considera que el contribuyente cumplió con la obligación.

Por último, una vez recibido el archivo, el SAT enviará acuse de recibo con sello digital.

Declaración anual de impuestos por Internet

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Cuando hablamos de pago de impuestos, nos referimos a que si usted posee un ingreso superior a 400,000 pesos, si dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del 2009 o, bien, desea realizar deducciones personales, deberá obligatoriamente presentar la declaración anual de impuestos.

Lógicamente, esta presentación no es necesaria que se realice como tradicionalmente se hacía, ya que mientras no exista una situación fuera de lo normal para el contribuyente, podrá hacer su declaración vía Internet.

La presentación por Internet, requiere principalmente de una PC con acceso a Internet, descargarse el software del SAT (DeclaraSAT) o ingresar a “oficina virtual” en la página de la entidad administradora tributaria. Asimismo, debe contar con Firma Electrónica (Fiel) o Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).

Pasos para realizar la declaración anual por Internet:

  1. Entrar a “declaraciones y pagos” del portal del SAT
  2. Ingresar su Registro Federal del Contribuyente (RFC) y su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) o Firma Electrónica Avanzada (FEA)
  3. Seleccionar el tipo de declaración
  4. Enviar su declaración y generar acuse de recibo. Si requiere pago, tendrá una clave de referencia de pago, para abonar en cualquier banco autorizado.

Ventajas de realizar la declaración anual por Internet:

  • Simplifica los procedimientos
  • Reduce costos y tiempo
  • Transparencia, fidelidad y disponibilidad de la situación fiscal
  • Reimpresión de comprobantes en caso de extravío

Es importante destacar que, en caso de obtener saldo a favor deberá registrarlo en la declaración, y para realizar esto, es necesario tener las claves electrónicas y una cuenta bancaria con CLABE.

Deducción seguro de vida del ISR

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Según las estadísticas, en México sólo el 20 % de la población paga impuestos. Asimismo, en los días que corren existen seguros de vida que se pueden deducir del importe total a pagar del Impuesto Sobre la Renta (ISR). No obstante ello, la gran parte de la población afectada por los impuestos, no conoce este beneficio.

Un informe presentado por AXA, del total de pólizas de vida que son deducibles de impuestos, es decir alrededor de 5 mil, menos del 10% son deducidas por sus titulares.

El artículo 218 de la Ley de ISR prevé la deducción de los montos abonados por seguros de vida (Dotal de retiro), entre otros, de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta. Cabe mencionar que, el Dotal de Retiro es un mecanismo de seguro similar al Afore.

Es importante destacar que, de la prima pagada se puede deducir hasta 152,000 pesos del impuesto anual. Además, otro de los límites es que se pude deducir hasta el 80% de la prima básica.

Por ejemplo, el costo de la prima básica del Dotal de Retiro a 20 años para un hombre fumador de 45 años asegurado en $ 50,000 dólares, es de 1,943.50 USD.

¿Cómo deducir el seguro de vida del ISR?

  1. Primero, se debe adquirir un seguro de vida bajo la metodología de Dotal de retiro
  2. Pagar la póliza mensual o anualmente
  3. Al momento de realizar la declaración jurada anual, presentar la póliza y el recibo fiscal con la leyenda del artículo 218

ISR enajenación de inmuebles

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Para aquellas personas que hayan comprado una casa como inversión y desean venderla, debe tener en claro que se lo imputará con un 30% de Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Este año entran en vigencia nuevas modificaciones sobre el artículo 109 de la Ley del ISR. En este se establece que para presentarse como exento del pago de este impuesto va a ser necesario demostrar fehacientemente que ha habitado en la vivienda por un tiempo no menor a 5 años. Asimismo, deberá probar que su valor no exceda 1.500.000 unidades de inversión (Udis). Lo cual equivale a 6,6 millones de pesos.

Por ende, si el propietario no habitara durante ese lapso o más, se deberá aplicar el tope de 1.5 millones de Udis para el cálculo del impuesto.

Cabe recordar que, hasta hace poco tiempo atrás (antes de las modificaciones) era necesario demostrar su residencia en el lugar durante dos años. No obstante, Hacienda quiere gravar correctamente y de manera precisa a los que negocian con este rubro.

Por otro lado es importante mencionar que, para demostrar que vivió en el inmueble deberá presentar documentos como el predial, el recibo de luz, estados de cuenta bancarios o con la credencial de elector.

Siempre pagamos demás, y esta no es la excepción. Para calcular el impuesto a pagar, se tomarán en cuenta los gastos de impuestos pagados, los derechos de registro, valuación y escrituración. Esto, y a continuación, se le restará a la utilidad generada y, del monto obtenido se calcula el porcentaje correspondiente al ISR.

Asimismo, la ganancia obtenida se podrá dividir entre los años transcurridos desde la adquisición hasta la venta siempre y cuando no superen los 20.

Del otro lado del banquillo, el comprador se hará cargo de honorarios del notario, derechos de registro o escrituración y del Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles.

Impuesto ISR

El Impuesto sobre la Renta o el ISR es un tipo de impuesto, aplicado en México y en muchos países, que grava directamente al ingreso.

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En base al texto de la Ley de ISR, el impuesto se aplica en cada ejercicio y se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual. Asimismo, es requisito ir presentando declaraciones mensuales por los pagos provisionales efectuados, y a su vez, la declaración anual, con fecha posdatada en 3 meses para personas morales y 4 meses para personas físicas, después del cierre del ejercicio fiscal.

Sujeto alcanzados

Según el texto de la Ley de ISR quedan alcanzadas todas las personas físicas y morales, que sean residentes de México o bien, obtengan sus ingresos de fuentes ubicadas en el territorio nacional.

Cabe aclarar que, dichas personas físicas y morales deberán únicamente abonar este impuesto si poseen ingresos, en cualquiera de las siguientes categorías:

  • Salarios percibidos por servicio subordinado
  • Actividades profesionales
  • Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
  • Intereses obtenidos
  • Premios obtenidos
  • Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
  • Enajenación de bienes

Por otra parte, de todos los ingresos alcanzados por el ISR algunos son gravados y otros, exentos. Los primeros causan ingresos acumulados, y los segundos no. A su vez, existen deducibles que restan al ingreso gravado.

En cuanto a las deducciones, las personas físicas que realicen actividades empresariales o profesionales, podrán deducirse lo siguiente:

  • Devoluciones
  • Adquisición de mercancías
  • Gastos
  • Inversiones

Tasas aplicables

En este punto, el ISR no es tan sencillo y simple como el IETU o el IVA, ya que la tasa varia dependiendo del límite inferior en que se ubique la base imponible (ingresos). Es decir que, la tasa (según la legislación vigente) puede variar desde el 1.92% al 30% para personas físicas y, se sitúa en el 30% para todas las personas morales.

Tasas de IVA

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El IVA -Impuesto al Valor Agregado- posee varias alícuotas o tasas aplicables a distintas actividades comerciales o locaciones y venta de servicios.

Si bien la ley menciona 4 diferentes categorías, en realidad son tres tasas, ya que los productos exentos no poseen tasa.

Las tasas del 16% y 11% (vigentes desde 2010) gravan las siguientes actividades:

  • Enajenación de bienes
  • Prestación de servicios independientes
  • Dación en uso o goce temporal de bienes
  • Importación de bienes o servicios

Cabe mencionar que, para todas aquellas actividades se aplicará la tasa del 16%, a menos que, la operatoria se lleva a cabo en una región fronteriza, donde se aplicará el 11% como tasa.

Asimismo, la tasa del cero 0% se aplica a las siguientes actividades:

Enajenación de:

  • Animales y Vegetales
  • Medicinas de patente
  • Hielo y agua no gaseosa ni compuesta
  • Ixtle, palma y lechuguilla
  • Tractores para accionar implementos agrícolas
  • Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas
  • Invernaderos hiropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas
  • Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes
  • Libros, periódicos y revistas

Prestación de servicios independientes:

  • Directamente a los agricultores y ganaderos
  • De molienda o trituración de maíz o de trigo
  • De pasteurización de leche
  • En invernaderos hidropónicos
  • Despepite de algodón en rama
  • Sacrificio de ganado y aves de corral
  • Reaseguro.
  • Suministro de agua para uso doméstico

Por otra parte, muchos artículos se encuentran exentos. La idea de este post no era abundar en detalle sino diferenciar correctamente las tasas aplicables según los casos. No obstante, estaremos ampliando en materia impositiva y acerca del IVA.

Impuestos 2011

El panorama de los impuestos 2011 aparece aparece bastante complejo. A los aumentos en los impuestos 2010 y los nuevos impuestos, hay que sumarle varios proyectos fiscales con miras a implementarse en 2011.

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Por ejemplo, el PAN (Partido Acción Nacional) propuso a fines de diciembre de 2009 en la Cámara de Diputados la necesidad de realizar una profunda reforma fiscal durante 2010, focalizándose en la necesidad de eliminar la tenencia no en 2012 – como estaba previsto – sino en 2011.

El PAN sugiere que deben eliminarse ciertos impuestos, o reducirse, para que los aportes sean más equitativos. Además, sostiene que para mejorar la recaudación fiscal es preciso terminar con los privilegios para algunos sectores.

Del mismo modo, el Grupo Parlamentario Convergencia sostuvo que el plan fiscal 2010 no cumple con las expectativas y que los impuestos 2011 deben equilibrarse paulatinamente para que todos los sectores aporten de modo similar y haya una mayor equidad fiscal.

También el CAPEM (Centro de Análisis y Proyecciones Económicas para México) sostiene que una reforma profunda en los impuestos 2011 es necesaria para lograr un crecimiento en la actividad económica mexicana, y que el 2011 será el año propicio para realizar reformas tributarias de fondo.

Más información en Milenio, sdpnoticias y exonline.

Conoce más sobre los Impuestos 2010.

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Impuestos 2010

Como medida para sacar a México de la crisis económica – y tapar un hueco fiscal de $374,000 millones – los impuestos 2010 vienen bastante más abultados.

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No sólo nos referimos a nuevos impuestos, sino por sobre todas las cosas al aumento de algunos impuestos ya existentes.

Algunos de los cambios en los impuestos 2010 son:

  • La tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sube un punto porcentual y se ubica ahora en 16%.
  • El Impuesto sobre la Renta (ISR) sube dos puntos y alcanza el 30%.
  • El impuesto a la cerveza sube de 25% al 26.5% hasta el 2010.
  • La tasa del impuesto sobre los depósitos bancarios en efectivo (IDE) sube del 2 al 3%, y ya no se aplica desde los 25,000 pesos sino desde los 15,000.

Como verás, en todos los casos de trata de aumentos en los impuestos 2010 con respecto a los impuestos que los mexicanos pagaban el año pasado.

Pero eso no es todo en materia de cambios impositivos. Ingresa a la sección Nuevos Impuestos para conocer los impuestos que se crearon en el último tiempo con el fin de aumentar la recaudación fiscal.

Infórmate también sobre los Impuestos 2011.

Fuente: cnnexpansión.com

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