El SIPRED se trata de un software del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que se utiliza para poder realizar la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet. Fue creado para poder facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales.
Importante es saber que se ha cambiado a la versión 5.0.0.0 en el SIPRED 2011, la cual se realizó para optimizar el funcionamiento del sistema, por lo que no afecta las plantillas, ni los dictámenes que se hayan capturado.
Estamos ya dentro del mes de las declaraciones SAT, y por ello no vamos a dejar pasar la oportunidad para explicar acerca de las declaraciones anuales, dado que son mucho más importantes que las mensuales.
Como cada año, las personas físicas como las morales estén obligadas a presentar una declaración anual donde reporten sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal por medio de una declaración anual.
Durante el mes de abril, será el momento justo para que el SAT requiera de nuestra declaracion anual. Si nos encontramos obligados a realizar nuestra presentación correspondiente, recordemos que debemos utilizar el programa DeclaraSAT.
Estén atentos, más que nada aquellaspersonas físicasque generaron ingresos por los siguientes conceptos:
Prestación de servicios profesionales
Renta bienes inmuebles
Actividades empresariales
Enajenar bienes
Adquirir bienes
Penas convencionales
Préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de $1′000,000.00.
Herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a $500,000.00.
Percibir salarios bajo ciertas condiciones especiales
Intereses en condiciones especiales
Deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona
En el año hay varias declaraciones mensuales que debemos hacer frente al SAT, pero una más importante que es la declaración anual. Ahora, si nos referimos al pago de impuestos, debemos tener en cuenta que se requiere un ingreso superior a 400,000 pesos, si dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del 2011 o, bien, desea realizar deducciones personales, deberá obligatoriamente presentar la declaración anual de impuestos. Estos estarán obligados a declarar el ISR 2011.
Asimismo, aquellos asalariados con ingresos menores a 400 mil pesos pueden optar por presentar la declaración por su cuenta y así aplicar las deducciones o estímulos como el de colegiaturas. Para ello deben informar, previamente y por escrito, a su patrón de esta circunstancia a más tardar el 31 de diciembre de 2011. Vea aquí un modelo de informe.
Lógicamente, esta presentación no es necesaria que se realice como tradicionalmente se hacía, ya que mientras no exista una situación fuera de lo normal para el contribuyente, podrá hacer su declaración vía Internet.
Recordamos que, por su parte, las personas físicas deberán presentar la declaración anual durante abril de cada año, sólo si generaron ingresos por los siguientes conceptos:
Prestación de servicios profesionales
Renta bienes inmuebles
Actividades empresariales
Enajenar bienes
Adquirir bienes
Penas convencionales
Préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de $1′000,000.00.
Herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a $500,000.00.
Percibir salarios bajo ciertas condiciones especiales
Intereses en condiciones especiales
Deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona
Inversiones en el extranjero
Intereses moratorios
Por el otro lado, las personas morales con fines de lucro tendrán que presentar la declaración anual por internet durante el periodo de enero a marzo del siguiente año a declarar.
A continuación, un simple tutorial para poder presentar la declaración anual por internet.
Personas Físicas: Procedimiento para presentar la declaración por Internet
Si la declaración resultó en cero o con saldo a favor, aquí termina el procedimiento
Si resultó impuesto a cargo, ingrese al portal de un banco para realizar pago de impuestos por transmisión electrónica de fondos; llene el formato electrónico
Efectuado el pago, el banco le enviará un recibo para que compruebe que realizó dicho pago
Personas morales: Procedimiento para presentar la declaración anual
Descargar e instalar el Programa DEM (2007)
Capturar su información de acuerdo a los anexos que le correspondan
Generar el archivo para el envío de la información
Ingresar a la aplicación de envío de la declaración anual
Enviar archivo de la declaración
SAT remite acuse de recibo con sello digital
Si no le resultó impuesto a cargo u obtuvo saldo a favor aquí termina el procedimiento
Si tiene impuesto a pagar, haga el pago vía Internet ingresando al portal de su banco autorizado en el que debe tener una cuenta con acceso a banca en línea para realizar la transferecia de fondos.
Una acción activa del gobierno federal que intensificó sus mecanismos de vigilancia para el pago de los contribuyentes que no atendieron de forma adecuada sus obligaciones fiscales, lo cual logró a diciembre de 2011 una recaudación por fiscalización de 1,416.6 millones de pesos en efectivo.
El año próximo, 2011, se verán grandes cambios en la tendencia impositiva nacional, dado que ya 14 gobiernos de entidades federativas llevarán a cabo la eliminación por sustitución al pago de la Tenencia vehicular.
Los gobiernos que realizarán esta medida son:
Aguascalientes
Baja California
Campeche
Coahuila
Colima
Chiapas
Durango
Guanajuato
Guerrero
Michoacán
Nayarit
Nuevo León
Puebla
Querétaro
Sinaloa
Tamaulipas
Tlaxcala
Veracruz
Yucatán
Actualmente, existen 2 que han eliminado el gravamen oficialmente: Puebla, Sinaloa, Tabasco, Durango, Oaxaca, Nuevo León y Baja California.
Según indican desde el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados durante 2010 se sumó un total de 18 mil 997 millones de pesos por tenencia, lo cual fue 10.8% por debajo del mismo registro de 2009. Para 2011, se espera lograr también un ingreso superior de 18 mil millones de pesos.
A su vez, 9 tienen planes de legislarlo y mantenerlo como impuesto local. Estamos hablando de: Distrito Federal, Estado de México, Morelos, Quintana Roo y Sonora.
Finalmente, los 7 restantes permanecen sin definirse para el próximo año, pero podrían hacerlo en el 2012: Jalisco, San Luis Potosí, Oaxaca, Hidalgo, Baja California Sur, Zacatecas y Tabasco.
He de destacar aquí que, el gobierno sustituirá el pago de Tenencia para automóviles nuevos hasta por un valor de 250,000 pesos de aquí al 31 de diciembre del 2011. En consecuencia, recordemos que, las entidades federativas podrían mantenerlo como un gravamen local o sustituirlo.
Las entidades como el Estado de México, Nuevo León y Jalisco son líderes en la recaudación del gravamen, y a partir de 2012 deberán buscar otras vías para hacerse de el dinero que no podrán recaudar por Tenencia.
Actualización 21 de Octubre
¡Se acabó!
Al menos en parte, dado que el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). La reforma aprobada y turnada al Senado de la República para su análisis y votación, elimina a partir del 2012 la tenencia vehicular, así como difiere hasta el 2014 el reparto de ingresos vía el IEPS en el precio de las gasolinas para los estados.
En concreto, se aprobó en lo general con 308 votos, 57 en contra y tres abstenciones.
Se planea prorrogar el IEPS hasta el 31 de diciembre del 2014. Así, los 42 centavos de este impuesto que se cobra en cada litro de la gasolina premiun se destinarán a los estados; 36 centavos de la magna; y 22 centavos de diesel.
El dictamen turnado al Senado de la República también incluye la derogación de la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, por lo que a partir del 1 de enero del 2012 cada estado decidirá si cobra o no este impuesto.