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Archivos del mes: agosto, 2010

Calendario Fiscal Septiembre 2010

En esta ocasión estaremos actualizando el calendario fiscal correspondiente al mes de Septiembre 2010.

A continuación detallamos los vencimientos más importantes que tendrán lugar durante el mes de Septiembre 2010:

5 de Septiembre 2010

  • Comprobantes Fiscales Emitidos: fecha límite para presentar el informe mensual con el RFC del contribuyente y número de comprobantes fiscales digitales emitidos, activos y cancelados por serie en Agosto
  • Archivo con los datos de los comprobantes fiscales digitales: emitidos en Agosto de 2010

10 de Septiembre 2010

17 de Septiembre 2010

Cabe mencionar que, estos impuestos irán venciendo a partir del día 17 según la numeración de RFC.

30 de Septiembre 2010

  • Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT): fecha límite para la presentación de información sobre las operaciones con sus proveedores

Dictamen fiscal 2009

Estamos a poco tiempo del vencimiento de la presentación de los dictámenes fiscales del ejercicio 2009. Para ello, el SAT ha considerado conveniente otorgar facilidades a los contribuyentes para su presentación. El siguiente calendario le ayudará a saber el vencimiento:

Letras del RFC indica la fecha de envío del dictamen:

  • De la A a la F Del 19 al 23 de Agosto de 2010
  • De la G a la O Del 24 al 26 de Agosto de 2010
  • De la P a la Z y & Del 27 al 31 de Agosto de 2010

Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 6 de Septiembre de 2010.

Cabe recordar que, estarán obligadas todas las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que se encuentran en alguno de los siguientes casos:

  • Que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos superiores a $34,803,950.00.
  • Que el valor de su activo determinado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $69,607,920.00.
  • Que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio anterior.
  • Que estén autorizadas para recibir donativos deducibles.
  • Que se fusionen, por el ejercicio en que ocurra dicho acto.
  • Incluyendo también a las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y las que formen parte de la Administración Pública Estatal o Municipal.
  • Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que no estén obligadas, pueden optar por hacerlo.

Para realizar el envío del Dictamen Fiscal, usted debe utilizar el sistema SIPRED. Éste es un programa diseñado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet.

Se utiliza para apoyar al contribuyente en la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet facilitando el cumplimiento oportuno de sus obligaciones fiscales.

Para poder utilizarlo usted deberá contar con los siguientes requisitos:

  • Proveedor de Servicios de Internet (PSI), contar con correo electrónico (e-mail) y una PC compatible con Windows 7,  XP o Vista.
  • Contar con el certificado de firma electrónica avanzada (Fiel).

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Unificacion ISR IETU

cce

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) evalúa la posibilidad de proponer adaptar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto Especial a Tasa Única (IETU) en un solo impuesto que grave la utilidad de las empresas y, no el flujo y las ventas.

La idea de la creación de un “nuevo impuesto simplificado”, sin nombre aún, radica en la conformación de un gravamen que tenga la fortaleza para que el gobierno siga cobrando, pero que también el empresario tenga la claridad de cuánto va a pagar sobre sus utilidades.

Por eso, es que se buscará la mejor solución tomando lo mejor del IETU y el ISR, con el fin de no frenar la inversión productiva.

La propuesta, según CCE, contendrá modificaciones no sustanciales, pero al menos sí cambian algunos requerimientos. Marco en el cual aún no hay intenciones de cambiar para los partidos políticos. Más que nada, no será tomar uno de los dos y descartar el otro, sino unificarlos de la mejor manera posible a pro del empresario y el gobierno.

Para cerrar, a modo de ejemplo, en el caso del IETU que grava el flujo de las empresas, hace que éstas no tienen la capacidad financiera para tener el recurso cuando se necesita, por ende, una venta se la pueden tasar como una utilidad y ahí está el problema.

Limitacion venta de Antibioticos

Se cumplen los tres meses de gracia otorgados a los propietarios de farmacias para la  implementación de los nuevos lineamientos para el expendio de antibióticos.

Los lineamientos preparados por las autoridades sanitarias mexicanas, se han aprobado el pasado 27 de mayo. En ellos se establece que para la venta de este tipo de medicamentos se deberá presentar una receta que lo prescriba. Así, se logrará reducir la venta indiscriminada de estos.

Además, se busca contrarrestar la alta tasa de resistencia microbiana que prevalece en nuestro país. Esto lleva a que los antibióticos vayan perdiendo su efectividad, debido a la fuerte prevalencia de la automedicación entre los mexicanos.

Según el doctor Alfredo Ponce de León, del Instituto de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador ZubiránEl manejo racional de los medicamentos es fundamental, ya que el uso desmedido de antibióticos propicia resistencias microbianas que son fácilmente transmitidas, haciendo más difícil el tratamiento de los pacientes”.

Al día de hoy, se calcula que 6 de cada 10 mexicanos poseen resistencia a la penicilina, y ya no les resulta un fármaco efectivo en el tratamiento de cuadros infecciosos diversos.

Para poder frenar la ola de ventas sin receta, existirán sanciones económicas para cualquiera de los cerca de 25,000 puntos de venta de medicamentos en el país que vendan antibióticos violando la limitación. Las mismas pueden ser de hasta 180,000 pesos e incluso la clausura en caso de reincidir.

En datos numéricos:

  • 900 millones de unidades de fármacos se comercializan en el país
  • 40% de los reportes de reacciones adversas de medicamentos se atribuye al uso de antibióticos
  • 70% de los pacientes con infecciones respiratorias y diarreicas agudas reciben recetas de antibióticos
  • 60% de los mexicanos ha desarrollado resistencia a la penicilina
  • 10,000 es el número de medicamentos registrados ante la Secretaría de Salud
  • 6% de las ventas corresponde a antibióticos
  • Entre 40 y 60% de los antibióticos se vende sin receta médica

Esperamos que con esta nueva medida se logre radicar un mal tan grande como es la resistencia a los fármacos, cosa que traerá grandes problemas a las generaciones venideras.

No hay aumento en Impuestos

Según palabras del presidente Felipe Calderón, sabemos que para el paquete fiscal 2011 no habrá una propuesta de alza de impuestos.

El Jefe del Ejecutivo ya tenía en mente una reforma fiscal de fondo pero no encontró la misma respuesta en el Congreso, por ello deberá adaptarse a los cambios.

Dijo que: “Así que anticipo que en general no habrá una alza de impuestos y mucho menos en este paquete fiscal 2011, al contrario, si bien es cierto, porque aquí no quiero engañar a nadie, que no significa reducir impuestos sí vamos a buscar una propuesta que reduzca enormemente la tramitología administrativa”.

Por su lado, se van a eliminar los pagos a derechos federales que no tienen caso como es el cobro por copias, solicitudes, recibos, onerosos para el contribuyente.

También recordamos que  ya se ha producido la eliminación de varios trámites engorrosos, entre ellos la declaración mensual del IETU y la declaración anual del IVA.

Esperamos al 1 de septiembre para que se emita el IV Informe de Gobierno que será entregado por escrito, como lo especifica la Constitución. Allí tendremos muchas más novedades sobre los movimientos en los impuestos.

Nominas

Si bien el tema que vamos a tratar no es específicamente impositivo, tiene un impuesto que lo grava y es altamente importante en el orden de prioridades para que conozca todo patrón. Por ello es que estaremos explicando lo que es una nómina y sus características.

Según la definición de la Real Academia de la Lengua (RAE), una nómina es la “relación nominal de los individuos que en una oficina pública o particular han de percibir haberes y justificar con su firma haberlos recibido”.

Lo que todos conocemos como nómina o la preparación de una nómina constituye una función separada del mantenimiento de los registros a través del cual se muestra el salario, cargo, tiempo de trabajo, deducciones y devengados, adiciones de nómina y demás datos relacionados con el personal.

Para su preparación se llevan a cabo varios pasos, el primero se ejecuta al final de cada período de pago, y consiste en la preparación de la nómina, donde debe mostrar los nombres y remuneraciones de todos los trabajadores.

Allí se incluye el salario autorizado para cada trabajador y el número de horas trabajadas. Después de separar las horas ordinarias de las extraordinarias, y aplicar las tarifas correspondientes se obtiene el salario devengado.

A continuación, se muestra la retención en la fuente, el aporte al seguro social y cualquier otra deducción autorizada por el trabajador; obteniendo así el valor neto.

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