Archivos del mes: abril, 2010
Publicado por Nicolas Rombiola - 08/04/2010 a las 22:14:41

La Tenencia Vehicular es un impuesto creado en 1961 y aplicado por decreto para auspiciar los Juegos Olímpicos de 1968.
Bajo este régimen, aquellos que posean automóviles deberán pagar la tenencia del mismo. El impuesto de tenencia vehicular posee un cobro anual que realiza el Gobierno federal en los tres primeros meses del año. Los valores a abonar dependerán de la marca y modelo, así como del valor del automóvil.
Para saber cuánto debemos pagar de tenencia, debemos realizar el siguiente cálculo:
1 - Multiplica el importe total del vehículo sin IVA por el factor de ajuste que señalado debajo de acuerdo al año modelo del vehículo:
| Año Modelo |
Factor de Ajuste |
| 2001 |
0.0943 |
| 2002 |
0.1886 |
| 2003 |
0.2829 |
| 2004 |
0.3772 |
| 2005 |
0.5029 |
| 2006 |
0.6286 |
| 2007 |
0.7543 |
| 2008 |
0.7530 |
| 2009 |
0.8828 |
2 - El resultado corresponderá a una categoría dentro de los siguientes valores:
| Categoría |
Valor en pesos |
| A |
De $0.01 a $477,347.76 |
| B |
De $477,347.77 a $918,629.24 |
| C |
De $918,629.25 a $1,234,739.54 |
| D |
De $1,234,739.55 a $1,550,849.83 |
| E |
De $1,550,849.84 en adelante. |
3 - Después, con la categoría debemos determinar el monto a restar, según la siguiente tabla:
| Categoría |
Cantidad a restar |
| A |
$0.01 |
| B |
$477,347.77 |
| C |
$918,629.25 |
| D |
$1,234,739.55 |
| E |
$1,550,849.84 |
4 - Al resultado, se lo debe multiplicar por la tasa según la categoría correspondiente:
| Categoría |
Tasa |
| A |
3.0 % |
| B |
8.7 % |
| C |
13.3 % |
| D |
16.8 % |
| E |
19.1 % |
5 - Al resultado, se le debe sumar el correspondiente a la categoría, según la última tabla:
| Categoría |
Cuota fija |
| A |
$0.00 |
| B |
$14,320.43 |
| C |
$52,711.92 |
| D |
$94,754.59 |
| E |
$147,861.11 |
El resultado final será el monto a pagar de para cubrir el Impuesto de Tenencia y uso de Vehículos en el 2010.
Publicado por Nicolas Rombiola - 08/04/2010 a las 21:31:32

El Sistema de Administración Tributaria (SAT), ha abierto una opción para las personas físicas puedan abonar mejor sus obligaciones.
En el mes de abril es hora de presentar la declaración anual 2009 en el caso de que seas un contribuyente bajo el régimen de persona física.
Entonces, como siempre surgen problemas de financiación; los cuales podrán ser superados gracias al proyecto de facilidades de pago del SAT. A través de este plan, usted podrá abonar sus obligaciones en hasta 6 mensualidades sin intereses.
No obstante, pese a que el SAT aclara que el pago lleva incluidos intereses 0 (cero), esto no es tan así, ya que lleva implícito un cargo sobre el monto de cada parcialidad de 1.057, como factor multiplicador.
Ejemplo de cálculo:
Obtener la financiación del SAT
- (Luego de realizada la Declaración) ingresar a www.sat.gob.mx/ y luego a “Oficina Virtual” en donde se registrará con su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC)
- Vea que sus datos sean correctos y corríjalos si es necesario
- Generar el archivo de envío
- Ahí aparecerán las opciones para elegir el número de parcialidades (de 1 a 6 cuotas)
- Envía la declaración al SAT
- Imprima acuse de recibo
- Ingresar al portal del banco para abonar la suma requerida
- Las restantes parcialidades deberá abonarlas con la forma fiscal FMP-1
A través de esta manera los contribuyentes evitarán tanto multas como recargos, y podrán financiarse durante un semestre.
Publicado por Nicolas Rombiola - 08/04/2010 a las 20:28:39

Si usted abona su tenencia en el DF antes del 15 de abril será beneficiado con participar de un sorteo de 3 automóviles el día 28 del mismo mes.
Según ha informado la Secretaría de Finanzas del D.F., todos aquellos propietarios de vehículos que paguen su tenencia como máximo el día 15 de abril, participarán de un sorteo de tres automóviles último modelo.
El objetivo de la institución es lograr que la mayor cantidad de personas paguen su tenencia con anticipación, para acelerar el proceso de recaudación y evitar moras.
Si desea obtener su línea de captura para el pago de la tenencia, puede solicitarla a través de los siguientes medios:
- SMS: al 98888 con la palabra “tenencia” seguida del “número de la placa del auto”
- Locatel: 5658 1111
- Contributel: 5588 3388
- Web de la Secretaría de Finanzas
Asimismo, en búsqueda de dar apoyo a los contribuyentes (en verdad, recaudar cuando sea, pero recaudar al fin) continúa vigente el programa de pago a 6 o 12 meses sin intereses con tarjeta de crédito en: Comercial Mexicana, Soriana, Wal Mart, Chedraui, Suburbia y Palacio de Hierro; o en Centros de Servicio @ Digital, ubicados en plazas comerciales.
No obstante, también podrá abonar a través del portal de Internet utilizando tarjeta de crédito o con cargo a Cuenta de Cheques de Bancomer.
El punto malo es que, quienes no hubieran efectuado el pago a más tardar el 31 de marzo, deberán abonar un recargo del 2% mensual del total de su adeudo.
Publicado por Nicolas Rombiola - 08/04/2010 a las 17:36:04

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) está buscando la manera de dar celeridad a los procesos de declaración fiscal, y también evitar y eliminar si es posible, todo tipo de falsificaciones. Para esto, el SAT incentivará a todos los contribuyentes para que utilicen Comprobantes Fiscales Digitales (CFD).
Con este objetivo se firmó el acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, que traerá a consecuencia que a partir del 1 de enero del 2011 todos los documentos fiscales (recibos de honorarios, facturas, etc.) deberán ser digitales y tendrán igual validez que los emitidos en papel.
No obstante, no desaparecerán los documentos físicos sino que, aquellos emitidos por montos menores a 2,000 pesos podrán seguir emitiéndose en papel si el usuario lo desea.
¿Cómo son los documentos digitales?
Son archivos que contienen todos los datos de un documento tradicional salvo que se le añade un sello digital que garantiza su autenticidad. Entonces, los Comprobantes Fiscales Digitales sólo podrán ser emitidos por empresas autorizadas por el SAT.
Asimismo, los CFD deberán tener el sello digital del contribuyente que lo expida, el cual debe ser certificado por el SAT.
Los Comprobantes Fiscales Digitales se comenzaron a usar en México desde el 2005. Actualmente, sólo 28,756 contribuyentes han optado por el esquema digital.
Publicado por Nicolas Rombiola - 07/04/2010 a las 22:11:41

El impuesto IDE es conocido como el Impuesto a los Depósitos en Efectivo. Lógicamente, grava a aquellos depósitos en efectivo, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos cuyo monto en el mes exceda de $15,000 pesos (vigencia a partir del 1 de enero de 2010, anteriormente eran montos superiores a los $25.000). La tasa a aplicar es del 3% sobre el excedente de mencionado monto al mes.
Para determinar la base imponible, se debe realizar la suma del acumulado de todos los depósitos en efectivo que recibe un contribuyente en todas las cuentas en las cuales sea titular de una misma institución.
Una vez realizada la suma, si la cantidad de depósitos dentro del mes de que se trate, excede $15,000, ese excedente causará la imposición del impuesto sobre los depósitos en efectivo.
Asimismo, para los caso de Tarjetas de Crédito se recaudará sólo cuando exista saldo a favor generado por depósitos en efectivo. Quedan alcanzadas todas las personas físicas o morales que efectúen depósitos en efectivo en cuentas abiertas a su nombre.
Cálculo del IDE
EL IDE es igual al 3% del excedente del monto exento del pago del impuesto.
Ejemplo:
- Suma de depósitos mensuales: $30.000
- Monto Exento: $15.000
- Excedente: $15.000
- Tasa: 3%
- IDE a pagar: Excedente x Tasa / $15.000 x 3% = $450.-
Publicado por Nicolas Rombiola - 05/04/2010 a las 20:32:23

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una batería de servicios para que las personas físicas presenten su declaración anual de forma fácil, simple y sencilla.
Por un lado más de 3000 funcionarios darán apoyo y orientación a los contribuyentes, con la ayuda de más de 1600 prestadores de servicio social, en básicamente unos 305 puntos de contacto.
Con un total de 66 administraciones locales de servicios al contribuyente en; un Centro Nacional de Consulta (CNC); 91 módulos de servicios tributarios; 15 bajo el Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE); 15 módulos móviles de Servicios Tributarios; y 111 salas de Internet; SAT buscará dar el mejor servicio de ayuda y cooperación a sus contribuyentes para esta fase de declaraciones anuales.
Horarios de atención:
1 al 16 de abril
- Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente: 8:30 a 15:00 horas
- CNC: 9:00 a 14:00 y 16:00 a 17:30 horas
19 al 30 de abril
- Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente: 8:10 a 19:00 horas
- CNC: 8:40 a 19:00 horas;
Sábados 17, 24 y domingo 25 de abril: de 9:00 a 14:00 horas para todos los casos.
Atención vía remota será otro servicio ofrecido por el SAT, donde contará con 760 asesores para asesoría vía telefónica en InfoSAT. Los horarios de servicio serán de 8:00 a 21:00 horas (incluidos el 17, 24 y 25 de abril).
Asimismo, en Youtube (www.youtube.com.mx/satmx) se pueden encontrar videos tutoriales y a través de Twitter (twitter.com/satmx) para su aplicación y declaración anual.